CARTAS
DEL SENADOR DE LA REPUBLICA
RAFAEL ORDUZ EXIGIENDO LA TRANSPARENCIA DE
LOS PROCESOS
Bogotá, Agosto 17 de 2000
Señor Presidente de
Colombia
ANDRES PASTRANA
ARANGO
Señor Ministro del
Medio Ambiente
JUAN MAYR MALDONADO
Bogotá, Colombia
Respetados señores:
Colombia vive hoy uno de los momentos
más críticos en toda su historia como República. Sin embargo ésta puede ser
la oportunidad para que ciudadanos y autoridades estatales desarrollemos en
conjunto un proceso a mediano y largo plazo que privilegie los intereses
comunes de nuestro país y los países vecinos, teniendo en cuenta los cambios
y retos que aceleradamente se producen en el contexto internacional. Es
evidente que las drogas ilegales se constituyen hoy en un problema común que
demanda soluciones eficaces y compartidas siendo a la vez uno de los temas
más sensibles en el ámbito internacional.
El componente antinarcóticos del Plan
Colombia, apoyado el pasado 13 de Julio de 2000 por el Congreso de los
Estados Unidos, y avalado por el Presidente Clinton, presenta aspectos que
han generado grandes inquietudes y serios interrogantes tanto en la opinión
publica colombiana como en amplios sectores de la comunidad internacional.
Así mismo en el interior de Colombia, son notorios los cuestionamientos al
Plan por las incongruencias entre las distintas versiones divulgadas por
la Presidencia de la República, el Departamento Nacional de
Planeación y la versión Washintong, denunciadas en el Congreso por los
Senadores Orduz y Betancourt.
A pesar de la crítica posición de la
versión colombiana del Plan[1][1] frente a la fallida estratégia de erradicación de
cultivos ilícitos en la década de los años noventa, es preocupante que el
paquete aprobado en Washintong
pretenda la eliminación del 100% de los cultivos en un plazo de cinco años
acudiendo, además de las estrategias conocidas, a la del control biológico
mediante el uso de micoherbicidas (hongos). La llamada estrategia de control
biológico no es mas que una “dispersión de plagas”, con la que no se puede
garantizar selectividad porque los organismos pueden mutar genéticamente y
atacar otras especies, como cultivos alimenticios o plantas silvestres. Las
explicaciones dadas por el Gobierno de Colombia en el Senado el pasado 1° de Agosto no son
satisfactorias para la opinión pública y han dejado la sensación de grandes
diferencias entre las agendas de Washintong
y la del Gobierno Nacional acerca de la estrategia antinarcóticos.
La preocupación surge sobre todo si se
tienen en cuenta los condicionamientos formulados por el Congreso de los
Estados Unidos los cuales fueron incorporados como parte del cumplimiento de
requisitos en materia de derechos humanos para
garantizar la transferencia de los recursos aprobados. En efecto dice así el
punto D de esas condiciones: “El gobierno de Colombia está de acuerdo en
implementar una estrategia para eliminar la producción total de coca y opio
de amapola para el 2005 a
través de una combinación de programas de desarrollo alternativo;
erradicación manual; aspersión aérea de herbicidadas químicos; prueba de micoherbicidas ambientalmente seguros y la destrucción de laboratorios para
el procesamiento de narcóticos ilegales en territorio colombiano”[2][2].
Ningún país ha sido asolado por el
narcotráfico como Colombia. El incremento de los impactos de violencia y la
promoción de subculturas construidas sobre la búsqueda del enriquecimiento
fácil, la brutal depredación de nuestros bosques y selvas tropicales, la
distorsión perversa de nuestra economía son algunos de los inmensos daños
que el narcotráfico ha provocado a una nación en proceso de formación. Nos
urge entonces, encontrar maneras creativas de enfrentar el narcotráfico en
un marco de corresponsabilidad internacional, apelando a medios compatibles
con el respeto a la vida y al medio ambiente.
Desde hace varios años, con el patrocinio
del Gobierno de los Estados Unidos, el Programa de las Naciones Unidas para
la fiscalización de las Drogas (UNDCP) viene desarrollando el Programa SCOPE
(Estrategias para la erradicación de coca y amapola), particularmente
enfocado a la aplicación del “control biológico” como herramienta de
erradicación de cultivos de amapola en Uzbekistán a la vez que propende
porque Colombia sea el eje experimental para el uso de agentes biológicos en
la erradicación de cultivos de coca en la Región Andina. Sabemos que la
primera etapa de la aplicación de dicha herramienta está precedida de un
convenio entre el país respectivo y las Naciones Unidas (UNDCP) para la experimentación de
“agentes biológicos”. En la actualidad, según las versiones del Departamento
de Estado de los EEUU y del Embajador de los EEUU en Colombia, la
suscripción de un acuerdo entre el Gobierno de Colombia y las Naciones
Unidas (UNDCP) representa el primer paso para la aplicación del Plan
Colombia en la versión Washintong.
Como ustedes, Señor Presidente de la
República y Señor Ministro del Medio Ambiente saben, el anteproyecto de la
UNDCP preparado en Viena en 1999 aludía de forma directa al control
biológico utilizando una forma
especial del hongo Fusarium oxysporum
como objeto de experimentación en territorio colombiano, como antesala para
la utilización en amplia escala del mismo en la erradicación de cultivos
ilícitos. El proyecto señalaba un inmenso interés de las autoridades
colombianas en el uso de ese hongo.
Teniendo como antecedente el rechazo , en 1999, de un proyecto
similar diseñado por las autoridades antinarcóticos de EEUU para erradicar
los cultivos de marihuana en los everglades en el Estado de Florida, debido
a los riesgos de mutabilidad y liberación de micotoxinas, potencialmente
dañinas, para los ecosistemas y la salud humana y animal; el proyecto de UNDCP para Colombia,
en su primera versión, fue denunciado por diferentes organizaciones
ambientales internacionales como atentario contra la salud humana y la
biodiversidad.
Por ello el UNDCP y el Gobierno de los
Estados Unidos, tuvieron la necesidad, de modificar el acuerdo de manera
expedita para presentarlo ante la opinión pública internacional como una
iniciativa del Gobierno Colombiano.
Aunque de acuerdo con sus declaraciones
públicas, ustedes aparentemente se han opuesto a la versión original del
acuerdo con el UNDCP, particularmente al uso del
Fusarium Oxysporum, bajo la
responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente, el Instituto Amazónico de
Investigaciones Científicas SINCHI y el Instituto de Investigación de
Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt prepararon el proyecto “Formas
Alternativas, Integrales y Productivas de Protección a la
Biodiversidad
en las Zonas afectadas por Cultivos de Coca y su Erradicación” la versión
del proyecto de julio del 2000, diseña en principio para darle comienzo en
el mes de agosto establece como primer componente la “Identificación de
mecanismos biológicos ambientalmente seguros para la erradicación de
cultivos de Erythroxylum coca”[3][3] , la cual incluye la investigación sobre
agentes biológicos nativos, no por ello menos nefasto, si se tiene en cuenta
que en Colombia existen especies como el D-437, originarios del Cauca, que
es catalogado por los científicos como altamente peligroso.
Con esta posición asumida por el
Ministerio del Medio Ambiente se da un primer paso para la introducción, en
Colombia, de agentes patógenos irresponsablemente llamados control biológico
y se libera al Gobierno Norteamericano de eventuales violaciones al tratado
Internacional de Armas Biológicas y Tóxicas.
Examinando las declaraciones públicas por
parte del Ministerio del Medio Ambiente, no encontramos argumentaciones
sensatas que nos permitan a los habitantes de toda la Región Andinoamazónica
tener la certeza de que las autoridades colombianas están tomando las
decisiones correctas en interés de un área que por su compleja biodiversidad
hace parte del patrimonio de la humanidad.
Las dudas acerca de los riesgos en la
salud pública, la seguridad alimentaria y el ambiente por parte de miembros
de la comunidad científica y ambiental nacional e
internacional, así como la ausencia de participación de la comunidad en las
decisiones que la afectan, nos lleva a exigirles de manera firme y
categórica, a ustedes Señor Presidente de la República y Señor Ministro del
Medio Ambiente, a comprometerse oficialmente con nosotros los colombianos a
no desarrollar ningún tipo de investigaciones y/o experimentaciones sobre agentes
biológicos o químicos de erradicación de cultivos ilícitos en nuestro
territorio.
La erradicación manual concertada con las
comunidades es el único método seguro socioeconómico y ambiental, que no
deslegitima al estado social de
derecho y que genera procesos de participación ciudadana en propósitos
comunes. Por tales razones exigimos se respete el ordenamiento jurídico
vigente nacional e internacional, así como los convenios internacionales
ratificados por el estado colombiano . Los instamos a aplicar el principio
de prevención en el sentido de “prevenir” la siembra de cultivos ilícitos trabajando sobre las causas con
inversión social y apoyo a proyectos alternativos integrales, que aprovechen
racionalmente la biodiveridad y que permitan generar ingresos distintos a la
economía ilegal de las drogas. Con este método se evitarían eventualmente
impactos de orden socioeconómico, ambiental y de conflicto interno con los
países que hacen parte de la Cuenca Amazónica.
Es su deber, doctor Andrés Pastrana en su
calidad de Presidente de Colombia, y doctor Juan Mayr primera autoridad
ambiental del país y Presidente de la Comisión de Desarrollo Sostenible de
Naciones Unidas, evitar el uso de armas o “agentes” biológicos sean éstos
extranjeros o nativos, así como sustancias agrotóxicas en el contexto de la
guerra contra el narcotráfico y la subversión, las cuales ocasionarán una
catástrofe irreversible y sin precedentes, que tendrá implicaciones nefastas
dentro de un espacio de vida para las presentes y futuras generaciones.
Atentamente,
Con copia a:
Redes Movimiento del Agua
Señor Presidente del Ecuador Gustavo Novoa
Señor Presidente de Perú Alberto Fujimori
Señor Presidente de Venezuela Hugo Chavez
Señor Presidente de Brasil Fernando Enrique
Cardozo
Señor Presidente de Bolivia Hugo Banzer
Señor Presidente de Argentina Antonio de
la Rua
RAFAEL ORDUZ
MEDINA
Senador de la República
Bogotá, 21 de Noviembre de 2000
Señor Ministro del Medio Ambiente
JUAN MAYR MALDONADO
La Ciudad
Respetado Ministro:
Cordialmente me dirijo a usted con el objeto de exponerle algunas
inquietudes sobre el estado actual y las implicaciones sobre el uso y manejo
de la biodiversidad
en las investigaciones y demás gestiones adelantadas por esa entidad,
relacionadas con el desarrollo de una estrategia equívocamente denominada de
“control biológico” para la erradicación de cultivos ilícitos.
En comunicación anterior, del 17 de agosto de 2000, me dirigí al Señor
Presidente de la República y a usted, conjuntamente con otros congresistas,
para plantearles mi inquietud frente al componente antinarcóticos del Plan
Colombia, concretamente en lo relacionado con la estrategia de erradicación
de cultivos ilícitos contenida en los condicionamientos formulados por el
Congreso de Estados Unidos, en donde el gobierno colombiano se compromete a
“la prueba de micoherbicidas ambientalmente seguros” como una de las
estrategias para la erradicación de cultivos ilícitos. En la misma carta, hice
referencia a la evolución de este tipo de proyectos patrocinados por
gobierno de los Estados Unidos y el Programa de las Naciones Unidas para la
Fiscalización de las Drogas (UNDCP) y al proyecto de julio de 2000 preparado
bajo la responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente y el Instituto
Amazónico de Investigaciones Científicas SINCHI titulado “Formas
alternativas, integrales y productivas de protección a
la biodiversidad
en las zonas afectadas por los cultivos de coca y su erradicación”, con
el cual se iniciarían las investigaciones sobre “control biológico” en el
país.
En el escrito en mención se le solicitaba un “compromiso oficial con los
colombianos a no desarrollar
ningún tipo de investigaciones y/o experimentaciones sobre agentes
biológicos o químicos de erradicación de cultivos en nuestro territorio”. Infortunadamente, y sin que medie
explicación alguna de parte suya, no he recibido a la fecha ninguna
respuesta a la comunicación aludida[4].
El desarrollo del
debate sobre el tema en diversos escenarios nacionales e internacionales ha
dejado en claro que, como se mencionó en mi primera comunicación, es cuando
menos inapropiado presentar como “control biológico” las estrategias que
tienen por objeto la erradicación de cultivos ilícitos a través del uso de
micoherbicidas u otros agentes biológicos, definiéndose ahora el objeto de
tales proyectos bajo la más acorde acepción de “guerra biológica”. Lo anterior ha sido reconocido
por el gobierno de los Estados Unidos en su memorando del 22 de agosto del
2000 y más recientemente puesto en evidencia en el programa “Panorama” de la
BCC, del 10 de octubre de 2000.
Acontecimientos que llevaron
a la UNDCP, el pasado 2 de noviembre a declarar “de manera
inequívoca que UNDCP no esta implementando, ni planea implementar, ni está
discutiendo la posibilidad de implementar un proyecto de control biológico
en Colombia ni en ningún otro lugar de los Andes”. Así las cosas, me dirijo
nuevamente a usted con el propósito de conocer la posición actual de esa
entidad sobre los proyectos que promueven investigación o implementación de
la estrategia de erradicación de cultivos ilícitos en cuestión.
En ese mismo
sentido, le solicito me informe sobre el estado actual de la propuesta
denominada “Formas alternativas,
integrales y productivas de protección de la biodiversidad en las
zonas afectadas por cultivos de coca y su erradicación” y le pido se
sirva brindarme copia oficial de la misma.
Adicionalmente, quisiera conocer las gestiones adelantadas frente a la convocatoria, por
ese Ministerio, de un “grupo científico independiente del más alto nivel y
representativo del saber colombiano” como el fin de examinar el mencionado
proyecto, propuesta que presentó en el Seminario llevado a cabo en Paipa
durante los días 20 a
23 de septiembre del año en curso, ante las resistencias y críticas al
proyecto por parte de sectores académicos y sociales nacionales e
internacionales.
Finalmente, quiero exponer mi inquietud relacionada con el uso y acceso a
los recursos biológicos y genéticos de la nación implícitos en este tipo de
proyectos. Me
preocupa sobre manera su vinculación con el control y acceso a los recursos
biológicos y genéticos y la protección de los conocimientos tradicionales
asociados a la diversidad biológica.
Me pregunto sobre la claridad ética de que los esfuerzos de
conservación y protección de la biodiversidad del
país sean capitalizados a través del desarrollo de armas biológicas,
atentando así contra la misma riqueza biológica del país, el medio ambiente
y la salud humana, en abierta violación a los objetivos del Convenio de
Diversidad Biológica y del
artículo 24 de la Decisión 391 del Acuerdo de Cartagena, la cual
explícitamente “prohíbe el empleo de los recursos genéticos y sus productos
derivados en armas biológicas o en prácticas nocivas al ambiente o a la
salud humana”.
Atentamente,
RAFAEL ORDUZ
MEDINA
Senador de la República
______________________________________________________________________
Subject: Comunicado de
prensa - Fumigaciones
COMUNICADO DE PRENSA
26 de Febrero de 2001
Motivado por los documentos producidos por Departamento de Estado de los
Estados Unidos sobre la erradicación de cultivos ilícitos en Colombia
titulados “Fact Sheet, The aerial Eradication or Illicit Crops: Answer to
Frequenly Questions”, de la Oficina de Asuntos del Hemisferio Occidental
y “Report on the effects on human Health and Safety of Herbicides used in
the Colombian Aerial Spray Program” de la Oficina Internacional para las
Drogas, el Senador RAFAEL ORDUZ MEDINA se
dirigió por escrito al Ministro del Medio Ambiente, JUAN MAYR MALDONADO,
y a la Ministra de Salud, SARA ORDÓÑEZ, para solicitarles información
concreta sobre el producto agroquímico que se ha venido utilizando para
realizar las fumigaciones de cultivos ilícitos y las otras sustancias que
componen la mezcla final con que se realizan las aspersiones.
Igualmente, el Senador preguntó a los Ministros en cuestión, sobre las
medidas y procedimientos para atender los reclamos e inquietudes de los
ciudadanos frente al tema, en razón de las crecientes denuncias
relacionadas con los efectos nocivos producidos a la salud humana, los
cultivos de pancoger y los programas de desarrollo alternativo producto de
las fumigaciones llevadas a cabo en el Putumayo entre diciembre del año pasado y Febrero
2 del 2001.
_____________________________________________________________________________
Señor
JUAN MAYR
MALDONADO
Ministro del Medio Ambiente
La
Ciudad
Respetado Ministro:
De
antemano agradezco sinceramente su respuesta a mi comunicación del 21 de
noviembre de 2000, la que denota su franca preocupación por el tema. Así mismo, celebro que hayamos
logrado abrir un debate el cual, como usted, considero que “permite a la
sociedad colombiana analizar a profundidad la magnitud de la destrucción
ambiental que conlleva la economía del narcotráfico en sus diferentes
fases”. De otro lado, como soy
un convencido de la fuerza de los argumentos, acojo con agrado su invitación
“a opinar e incidir en las políticas ambientales relacionadas con los
cultivos ilícitos”.
En
atención a lo anterior, me parece importante iniciar la discusión sobre las
implicaciones de todo proyecto de bioprospección que tenga por objeto
“encontrar opciones productivas legales y sostenibles a las poblaciones
vinculadas a los cultivos ilícitos” y
los efectos ambientales tanto de la
expansión de los cultivos ilícitos como de su erradicación mediante la
utilización de agroquímicos, ambos temas fundamentales para el futuros
del país y el desarrollo del proceso de paz.
Al
respecto, quiero aprovechar esta comunicación para hacerle conocer mi
preocupación por las denuncias sobre los efectos nocivos que ocasiona sobre
el medio ambiente la estrategia de fumigación para la erradicación de
cultivos ilícitos y solicitarle se sirva brindarme información concreta
sobre el tema.
Específicamente, deseo preguntarle sobre el conocimiento que posee ese
Ministerio acerca de la sustancia que se emplea o se ha empleado en las
fumigaciones. He conocido que
funcionarios del Departamento de Estado de los Estados Unidos han afirmado
que actualmente se ha pasado del uso del
ROUNDUP al empleo de una
formulación más fuerte del mismo agente denominada
ROUNDUP ULTRA. Agradecería me comunicara lo que
conoce sobre tal aseveración y me brindara información completa sobre el
asunto.
Además, desearía saber qué conocimiento tiene esa entidad de las sustancias
con la que es mezclado el herbicida utilizado en las fumigaciones para su
aspersión. Agradecería información precisa sobre los compuestos denominados
COSMOFLUX-411f
y COSMO-IN-D.
De
otro lado, considero de especial relevancia que la opinión pública conozca
cómo se toman las decisiones sobre las sustancias con que se realizan las
fumigaciones, es decir, los estudios previos que se requieren, las
consideraciones de los efectos sobre la salud humana y el ambiente y la
participación de las instancias del gobierno como el Ministerio de Salud y
ese Ministerio, encargadas de velar por el bienestar de los ciudadanos en
esos campos.
Finalmente, sobre los efectos y consecuencias de las fumigaciones y el
compuesto químico utilizado para las mismas, quiero preguntarle por la
incidencia del Ministerio para que los efectos nocivos sobre el medio
ambiente sean mínimos. En el
mismo sentido, si se producen efectivamente daños al ambiente, ¿existe algún
mecanismo al que puedan apelar los ciudadanos que ven su entorno afectado de
esta manera por las fumigaciones? y ¿cuáles son las medidas que adopta el
Ministerio a su cargo en dicha eventualidad?. Para concluir, si efectivamente
existe tal mecanismo y las medidas para reparar el daño causado, quisiera
información sobre casos concretos y su posterior solución.
De
nuevo agradezco su amable atención y celebro el camino que se ha abierto a
un intercambio permanente de ideas,
para lo cual me mantendré en continua comunicación con usted.
Cordialmente,
RAFAEL
ORDUZ
MEDINA
Senador de la República
______________________________________________________________________________
Bogotá, D.C.
Doctor
RAFAEL ORDUZ MEDINA
Senador de la
República
Ciudad
Honorable Senador:
Me refiero a su amable
comunicación de fecha 21 de febrero de este año, en la cual manifiesta
preocupación por las denuncias sobre los efectos nocivos que ocasiona sobre
el medio ambiente la estrategia de erradicación de cultivos ilícitos, y
solicita información sobre el tema.
Sobre el particular,
cordialmente me permito informar lo siguiente:
Con relación al
conocimiento que posee el Ministerio del Medio Ambiente acerca de la
sustancia que se emplea o se ha empleado en las fumigaciones, quiero
comentarle que de acuerdo con la información contenida en el primer
documento sobre el Plan de Manejo Ambiental para la
Erradicación con Glifosato, presentado por la Dirección Nacional de
Estupefacientes – DNE a este Ministerio, se afirma que la mezcla utilizada
en el programa de erradicación corresponde al ingrediente activo Glifosato,
en formulación comercial de nombre Roundup en un porcentaje de 43.9%.
De otra parte, el
Ministerio del Medio Ambiente, no tiene conocimiento alguno acerca del
empleo de la formulación Roundup Ultra en el programa de erradicación de
cultivos ilícitos. Así mismo,
con relación a las sustancias con que es mezclado el herbicida, la
información más reciente se encuentra en los resultados de la evaluación que
realizó el personal del Instituto Colombiano Agropecuario – ICA en una
visita técnica realizada a la Base Antinarcóticos Larandia, los días 3 y 4
de agosto de 2000 (Anexo copia).
Las sustancias
utilizadas para el Programa de Erradicación de cultivos de coca y amapola,
suministradas por la DNE/POLICIA ANTINARCÓTICOS, son: Glifosato, Coadyuvante Cosmoflux o
Cosmoid, y agua (Anexo cuadro).
Referente a las
características o compuestos del coadyuvante Cosmofux – 411f, puede extractarse del
informe que se anexa del ICA, pues este aspecto es objeto de evaluación por
parte de esa entidad. Sobre
este particular, el Ministerio mediante oficio de fecha 11 de diciembre del
año pasado, solicitó información al Ministerio del Salud sobre los riesgos a
la salud humana de los componentes utilizados en las fumigaciones a cultivos
ilícitos, sin que a la fecha se haya tenido respuesta alguna.
Con relación a la
inquietud sobre como se toman las decisiones para la aplicación de las
sustancias con que se realizan las fumigaciones, quiero reiterar que de
acuerdo a lo previsto en el artículo 91 literal g) de la Ley 30 de 1.986, le
corresponde al Consejo Nacional de Estupefacientes disponer sobre la
destrucción de cultivos ilícitos y demás plantaciones de las cuales se
puedan extraer sustancias que produzcan dependencia, utilizando los medios
más adecuados, previo concepto favorable de los organismos encargados de
velar por la salud de la población y por la preservación del medio ambiente.
En cumplimiento a lo
previsto en esta Ley, en 1.992 el Consejo Nacional de Estupefacientes,
adoptó el mecanismo de aspersión aérea controlado de cultivos ilícitos,
mediante el empleo de la sustancia química glifosato. De conformidad con lo anterior, el
Ministerio de Salud y el Inderena emitieron concepto favorable para la
aplicación de dicho agente químico, según oficios de fechas 11 y 8 de
octubre de 1993 respectivamente, suscritos por sus representantes legales de
ese entonces.
Igualmente, con
fundamento en el artículo 91 de la misma Ley, el Consejo Nacional de
Estupefacientes, profirió la Resolución No. 0001 de 1994 modificada a su vez
por la Resolución No. 0005 de agosto de 2.000, en la cual se establecen
entro otros aspectos, los parámetros técnicos y operacionales para hacer
efectivo el uso del herbicida glifosato.
Los artículos primero,
quinto y séptimo de la Resolución No. 0005/2.000, de la cual anexo copia,
establecen la información previa requerida antes de iniciar cualquier
actividad de fumigación de plantaciones ilícitas a fin de minimizar los
efectos sobre la salud humana y el ambiente, así como la participación de
distintas instancias del gobierno.
En cuanto a la acción del Ministerio
del Medio Ambiente en relación con la prevención, mitigación, control y
compensación de los posibles efectos o impactos ambientales negativos
causados en desarrollo de las actividades que comprende el programa de
erradicación, este Ministerio ha exigido un Plan de Manejo Ambiental (PMA) a
la Dirección Nacional de Estupefacientes, para que esta entidad adelante las
acciones y medidas necesarias.
Actualmente este
Ministerio evalúa los ajustes que sobre dicho Plan de Manejo Ambiental se ha
requerido a la DNE.
Además, el Ministerio
esta participando en el proceso de discusión que se adelanta en el Comité
Técnico Interinstitucional, sobre los términos de referencia para la
contratación de una auditoria técnica al programa de erradicación con
glifosato de acuerdo con lo establecido en la Resolución 005/2.000 la cual
permitirá establecer con mayor rigurosidad los procesos de control y
monitoreo tanto del programa de erradicación como de los impactos generados
por el desarrollo del mismo.
Con respecto a los
instrumentos que tienen los ciudadanos ante posibles daños ambientales,
existen varios mecanismos que pueden y han utilizado los ciudadanos, como la
presentación de quejas o derechos de petición. Así mismo, las acciones de
tutela para la defensa de los derechos fundamentales y acciones populares
para la defensa de los derechos colectivos como el medio ambiente,
específicamente este último, constituyen mecanismos a los que pueden apelar
quienes vean afectado su entorno ambiental producto de las fumigaciones.
Complementario a este aspecto, este Ministerio prepara
una Directiva General para ordenar el proceso de atención de quejas y
denuncias sobre daños generados por las fumigaciones, en la cual se
indicarán los términos de tiempo y se orientará sobre los procedimientos
legales, la corresponsablididad de las autoridades en los niveles local,
regional y nacional, y sobre las funciones de los sectores de Salud, Medio
Ambiente, y Agricultura, en materia de plaguicidas.
Atentamente,
(firmado)
JUAN MAYR MALDONADO
Ministro
______________________________________________________________________________
Bogotá D. C., abril 2 de 2001
Señor
JUAN MAYR MALDONADO
Ministro del Medio Ambiente
Respetado Ministro:
Acuso recibo de su respuesta a mi carta de febrero 21 del presente, la cual
hace visible que comparte mi preocupación sobre el tema.
En
referencia a la misma, me gustaría conocer cual es el estado actual del Plan
de Manejo Ambiental que ha formulado la Dirección Nacional de
Estupefacientes.
De
otro lado y de acuerdo con lo que expone en su comunicación, no deja de
inquietarme el hecho de que se estén utilizando los aditivos Cosmoflux
411 F
y Cosmo In D, sin que se hayan realizado hasta el momento los estudios
necesarios para determinar su riesgo para la salud humana y el medio
ambiente, y que no exista ningún tipo de concepto de ese Ministerio en
referencia a dichas sustancias.
Agradecería me comunique los avances que se realicen en el tema.
Finalmente, me preocupa que los ciudadanos no cuenten hasta el momento con
un sistema eficaz de atención a las quejas sobre daños al medio ambiente
ocasionados por la ejecución de la política de erradicación forzada de
cultivos ilícitos, por lo cual
celebró su iniciativa dirigida de mejorar esta deficiencia y estaré atento a
la expedición de su Directiva.
Atentamente,
RAFAEL ORDUZ MEDINA
Senador de la República
________________________________________________________________________
Bogotá, 21 de Febrero de 2001
Señora
SARA ORDOÑEZ
Ministra de Salud
La
Ciudad
Respetada Ministra:
Preocupado por las denuncias sobre los efectos nocivos que ocasiona sobre la
salud humana la estrategia de fumigación para la erradicación de cultivos
ilícitos, me dirijo a usted con el objeto de solicitarle se sirva brindarme
información concreta sobre el tema.
Específicamente, deseo preguntarle sobre el conocimiento que posee ese
Ministerio acerca de la sustancia que se emplea o se ha empleado en las
fumigaciones. He conocido que
funcionarios del Departamento de Estado de los Estados Unidos han afirmado
que actualmente se ha pasado del uso del
ROUNDUP al empleo de una
formulación más fuerte del mismo agente denominada
ROUNDUP ULTRA. Agradecería me comunicara lo que
conoce sobre tal aseveración y me brindara información completa sobre el
asunto.
Además, desearía saber qué conocimiento tiene esa entidad de las sustancias
con la que es mezclado el herbicida utilizado en las fumigaciones para su
aspersión. Agradecería información precisa sobre los compuestos denominados
COSMOFLUX-411f
y COSMO-IN-D.
De
otro lado, considero de especial relevancia que la opinión pública conozca
cómo se toman las decisiones sobre las sustancias con que se realizan las
fumigaciones, es decir, los estudios previos que se requieren, las
consideraciones de los efectos sobre la salud humana y el ambiente y la
participación de las instancias del gobierno como el Ministerio del Medio
Ambiente y ese Ministerio, encargadas de velar por el bienestar de los
ciudadanos en esos campos.
Finalmente, sobre los efectos y consecuencias de las fumigaciones y el
compuesto químico utilizado para las mismas, quiero preguntarle por la
incidencia del Ministerio para que los efectos nocivos sobre la salud humana
sean mínimos. En el mismo
sentido, si se producen efectivamente daños a la salud humana, ¿existe algún
mecanismo al que puedan apelar los ciudadanos que se ven afectados de esta
manera por las fumigaciones? y ¿cuáles son las medidas que adopta el
Ministerio a su cargo ante dicha eventualidad?. Para concluir, si efectivamente
existe tal mecanismo y las medidas para reparar el daño causado, quisiera
información sobre casos concretos y su posterior solución.
Agradezco de antemano su amable atención y espero su pronta respuesta sobre
un tema tan sensible para la opinión pública.
Cordialmente,
RAFAEL
ORDUZ
MEDINA
Senador de la República
________________________________________________________________________
Bogotá D.C.
Doctor
RAFAEL ORDUZ MEDINA
Senador
SENADO DE LA REPUBLICA
Carrera 7 Calle 8º y 9º
Bogotá D.C.
ASUNTO: SOLICITUD INFORMACIÓN PRODUCTOS UTILIZADOS EN LA
ERRADICACIÓN DE CULTIVOS ILÍCITOS
Respetado Señor Senador:
Acuso recibo de su atenta nota de la referencia. Al respecto me permito comunicarle
que desde Enero de 1992, el Consejo Nacional de Estupefacientes ha
autorizado únicamente la aspersión Aérea Controlada de cultivos ilícitos
mediante el empleo del agente químico Glifosato bajo la formulación conocida
como ROUNDUP. En tal sentido, es pertinente anotar que el Glifosato ha sido
clasificado en el país por el Ministerio de Salud de acuerdo con los
requisitos exigidos para evaluación y clasificación toxicológica planteadas
en el Decreto 1843 de 1.991 y en el Manual de procedimientos para la
evaluación y clasificación toxicológica de sustancias químicas publicado por
este Ministerio. Dicha clasificación correspondiente a la categoría III
medianamente tóxico para las formulaciones que contienen como ingredientes
aditivo la POEA (Polixi etilen amina) y categoría IV ligeramente tóxico para
el ingrediente activo y las demás formulaciones existentes en el mercado.
En
relación con los coadyuvantes Cosmoflux 411 F y Cosmo In D, es pertinente anotar que
este Ministerio se encuentra actualmente revisando su perfil toxicológico.
Tan pronto como dicho proceso culmine estaremos informándole sobre los
resultados de la evaluación del mismo.
Por otra parte, respecto a su inquietud sobre el tiempo de estudios previos que se requieren para
tomar las decisiones sobre las sustancias que se realizan las fumigaciones,
es importante destacar que de acuerdo con lo dispuesto en el capitulo IX de
la Ley 30 de 1.986 por medio de la cual se crea el Consejo Nacional de
Estupefacientes en el cual tienen participación el Ministerio de salud y el
Ministerio del medio Ambiente y del articulo 20 del capitulo IV de la misma
Ley, se asigna al Ministerio de Salud la función de conceptuar sobre las
sustancias y métodos a utilizar para la
destrucción de plantaciones o cultivos ilícitos. En tal sentido, este
Ministerio evalúa los estudios toxicológicos solicitados en el articulo 145
del Decreto 1843 de 1.991 para la obtención de concepto toxicológico y
permiso de uso en el país, dentro de los cuales se destacan:
1.
Propiedades físico-químicas
2.
Mecanismos de acción
3.
Información toxicológica:
a.
Toxicidad aguda: en animales de experimentación: Dosis letal 50 oral,
inhalatorias y dérmica,
índice de irritación ocular, índice de irritación dérmica, índice de
sensibilidad.
b.
Toxicidad subaguda: Estudios con dosis administradas por vía oral, dérmica o
inhalatoria hasta 90 días, mínimo en dos (2) especies animales.
c.
Toxicidad crónicas:
·
Estudios con dosis administradas por vía oral durante dos (2) años, la vida
media del animal en experimentación.
·
Estudios de efectos en la reproducción, mínimo en tres generaciones o
estudios invitro que pueden tener la misma validez para observar su acción
mutagénica, teratogénica o carcinogénica.
·
Estudios de metabolismo incluyendo vía de administración, adsorción
distribución, almacenamiento y eliminación del producto, vías y formas de
eliminación del producto.
Es
de anotar que dentro del análisis de los estudios evaluados para el
glifosato se resalta que:
·
Presenta irritación ocular manifestada en conejos la cual es reversible y
transitoria.
·
La
Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos clasificó en 1.991 el
ingrediente activo en clase carcinogénica
E de no
evidencia de carcinogenicidad en humanos.
·
En
estudios realizados para mutagenicidad no se ha revelado efecto alguno que
permita considerar al mismo como agente mutágeno.
·
Los estudios presentados a este Ministerio para evaluación de teratogénesis
y embriotoxicidad presentaron resultados negativos para malformaciones
estableciéndose un nivel de efecto no observable para desarrollo y toxicidad
materna de 1000mg/Kg.
·
Respecto a su última inquietud sobre los mecanismos existentes
frente a los posibles daños que puedan ocasionarse a la
salud y el medio ambiente, me permito resaltar que la responsabilidad de la
fase operativa recae como tal en la Policía Nacional, Dirección
Antinarcóticos. Al respecto, adjunto encontrará copia de la Resolución No.
0005 del 11 de agosto de 2000, del Consejo Nacional de Estupefacientes,
mediante la cual se crea la auditoria técnica encargada de supervisar la
correcta ejecución del programa de erradicación de cultivos ilícitos y se le
asigna al Consejo Nacional de Estupefacientes la responsabilidad de
gestionar los recursos financieros para llevar a cabo programas de
rehabilitación, social económica y ecológica en las zonas donde se adelantan
operaciones de erradicación de cultivos ilícitos.
Cordial saludo,
(firmado)
CARLOS
ARTURO SARMIENTO LIMAS
Director General de Salud Publica
Con copia a : Despacho Señora Ministra de Salud
No. rad 12538-01
Dra. María Amparo cadena Lezama
Coordinadora Grupo de Protección a la Salud
________________________________________________________________________
Bogotá D. C., abril 2 de 2001
Señora
SARA ORDOÑEZ
Ministra de Salud
La Ciudad
Respetada Ministra:
Acuso recibo de la respuesta a mi carta de febrero 21 del presente, firmada
por el Director General de Salud Pública, Carlos
Arturo Sarmiento
Limas. Lamento que asuntos de
tanta importancia para el bienestar y la salud pública no cuenten
directamente con su concepto, en su calidad de directora de ese Ministerio.
De
otro lado, ya que de acuerdo al
artículo 91, literal g, de la Ley 30 de 1986 o Estatuto de Estupefacientes, la destrucción de los cultivos
ilícitos ha de contar con el
“previo concepto favorable de los
organismos encargados de velar por la salud de la población y por la
preservación y equilibrio del ecosistema del país”,
no entiendo cómo se vienen
utilizando los aditivos Cosmoflux
411 F
y Cosmo In D, sin que se hayan realizado hasta el momento los estudios
necesarios para determinar su riesgo para la salud humana y el medio
ambiente, y aún más, no exista ningún tipo de concepto de su despacho en
referencia a dichas sustancias.
Finalmente, me preocupa sobremanera que los ciudadanos no puedan contar con
la asistencia de ese Ministerio cuando se ve afectada su salud por las
políticas públicas. No entiendo
cómo pretende esa entidad que sea la Policía Antinarcóticos, ejecutora de la
política antidrogas, su propia juez ante los reclamos de los ciudadanos que
ven afectado su bienestar por la misma política.
Atentamente,
RAFAEL ORDUZ MEDINA
Senador de la República
_________________________________________________________________
Comunicado
de Prensa - Sustancias
Fumigaciones
COMUNICADO DE PRENSA
Abril 2 de 2001
Se han recibido las respectivas comunicaciones de los Ministros de Salud y
Medio Ambiente en atención a las cartas enviadas por el Senador Rafael Orduz el pasado
mes de febrero, relacionadas con las sustancias utilizadas para las
fumigaciones y la atención de quejas de los ciudadanos que han visto
afectada su salud, sus cultivos de pancoger y los programas de desarrollo
alternativo fomentados por diversas organizaciones gubernamentales e
internacionales por los operativos de aspersión aérea.
De acuerdo con las respuestas, queda claro que los organismos del Estado
encargados de velar por la salud humana y el medio ambiente, no han
realizado ningún tipo de pruebas para determinar posibles efectos nocivos
producidos por las sustancias empleadas como aditivos del glifosato para la
fumigación, de tal manera que es imposible que hayan dado concepto alguno
sobre el uso de las mismas en la erradicación de cultivos ilícitos, en
evidente incumplimiento del Estatuto de Estupefacientes el cual les exige un
previo concepto favorable (Ley 30 de 1986, art. 91, lit. g).
De otro lado, preocupa conocer que ninguno de los Ministerios en mención
parece ser competente para conocer de las quejas formuladas por los
ciudadanos que ven afectados su salud y su medio ambiente por las
fumigaciones, y en consecuencia no existe hasta el momento un mecanismo
eficaz de atención de las quejas sobre daños ocasionados por la ejecución de
la política de erradicación forzada.
El Senador se dirigió nuevamente a los funcionarios resaltando los aspectos
anteriormente reseñados.
UTL RAFAEL ORDUZ MEDINA
Senador de la República
[1][1] Plan Colombia - Fortalecimiento
Institucional y Desarrollo Social 2000 - 2002, Presidencia de la
República, Departamento Nacional de Planeación.
[2][2] Ley HR4425
(capitulo 2 sección 3201) condiciones de asistencia para Colombia.
Firmada julio 13 de 2000
[3][3] Formas
Alternativas, Integrales y Productivas de Protección de la
Biodiversidad
en las Zonas afectadas por Cultivos de Coca y su Erradicación “,
Julio 2000, P.10
[4] El Señor Presidente, en su carta de
respuesta me remite a su despacho, sin éxito.
BOOKS PUBLISHED BY MAMA/COCA / LIBROS
ELECTRÓNICOS
Inicio
Hospedado
por Globenet
©2008 Mama
Coca. Favor compartir esta información y
ayudarnos a divulgarla citando a Mama
Coca.
junio 2001
octubre 2001
febrero 2002
noviembre 2002
abril 2003
septiembre 2003
|