MamaCoca in English 

 

EL PAPEL DE LA COCA

Legislación pertinente

Enlaces

Enlaces pesticidas

Contacta MamaCoca

Red de 'Cultivos de uso ilícito

BÚSQUEDA



powered by FreeFind

 

 

 

 


CARTAS

DEL SENADOR DE LA REPUBLICA RAFAEL ORDUZ EXIGIENDO LA TRANSPARENCIA DE LOS PROCESOS

 

 

Bogotá, Agosto 17 de 2000

 

Señor Presidente de Colombia

ANDRES PASTRANA ARANGO

Señor Ministro del Medio Ambiente

JUAN MAYR MALDONADO

Bogotá, Colombia

 

Respetados señores: 

Colombia vive hoy uno de los momentos más críticos en toda su historia como República. Sin embargo ésta puede ser la oportunidad para que ciudadanos y autoridades estatales desarrollemos en conjunto un proceso a mediano y largo plazo que privilegie los intereses comunes de nuestro país y los países vecinos, teniendo en cuenta los cambios y retos que aceleradamente se producen en el contexto internacional. Es evidente que las drogas ilegales se constituyen hoy en un problema común que demanda soluciones eficaces y compartidas siendo a la vez uno de los temas más sensibles en el ámbito internacional. 

El componente antinarcóticos del Plan Colombia, apoyado el pasado 13 de Julio de 2000 por el Congreso de los Estados Unidos, y avalado por el Presidente Clinton, presenta aspectos que han generado grandes inquietudes y serios interrogantes tanto en la opinión publica colombiana como en amplios sectores de la comunidad internacional. Así mismo en el interior de Colombia, son notorios los cuestionamientos al Plan por las incongruencias entre las distintas versiones divulgadas por la Presidencia de la República, el Departamento Nacional de Planeación y la versión Washintong, denunciadas en el Congreso por los Senadores Orduz y Betancourt.  

A pesar de la crítica posición de la versión colombiana del Plan[1][1] frente a la fallida estratégia de erradicación de cultivos ilícitos en la década de los años noventa, es preocupante que el paquete aprobado en Washintong  pretenda la eliminación del 100% de los cultivos en un plazo de cinco años acudiendo, además de las estrategias conocidas, a la del control biológico mediante el uso de micoherbicidas (hongos). La llamada estrategia de control biológico no es mas que una “dispersión de plagas”, con la que no se puede garantizar selectividad porque los organismos pueden mutar genéticamente y atacar otras especies, como cultivos alimenticios o plantas silvestres. Las explicaciones dadas por el Gobierno de Colombia en el Senado el pasado 1° de Agosto no son satisfactorias para la opinión pública y han dejado la sensación de grandes diferencias entre las agendas de Washintong  y la del Gobierno Nacional acerca de la estrategia antinarcóticos.

La preocupación surge sobre todo si se tienen en cuenta los condicionamientos formulados por el Congreso de los Estados Unidos los cuales fueron incorporados como parte del cumplimiento de requisitos en materia de derechos humanos para garantizar la transferencia de los recursos aprobados. En efecto dice así el punto D de esas condiciones: “El gobierno de Colombia está de acuerdo en implementar una estrategia para eliminar la producción total de coca y opio de amapola para el 2005 a través de una combinación de programas de desarrollo alternativo; erradicación manual; aspersión aérea de herbicidadas químicos; prueba de  micoherbicidas  ambientalmente seguros y  la destrucción de laboratorios para el procesamiento de narcóticos ilegales en territorio colombiano”[2][2].

Ningún país ha sido asolado por el narcotráfico como Colombia. El incremento de los impactos de violencia y la promoción de subculturas construidas sobre la búsqueda del enriquecimiento fácil, la brutal depredación de nuestros bosques y selvas tropicales, la distorsión perversa de nuestra economía son algunos de los inmensos daños que el narcotráfico ha provocado a una nación en proceso de formación. Nos urge entonces, encontrar maneras creativas de enfrentar el narcotráfico en un marco de corresponsabilidad internacional, apelando a medios compatibles con el respeto a la vida y al medio ambiente.

Desde hace varios años, con el patrocinio del Gobierno de los Estados Unidos, el Programa de las Naciones Unidas para la fiscalización de las Drogas (UNDCP) viene desarrollando el Programa SCOPE (Estrategias para la erradicación de coca y amapola), particularmente enfocado a la aplicación del “control biológico” como herramienta de erradicación de cultivos de amapola en Uzbekistán a la vez que propende porque Colombia sea el eje experimental para el uso de agentes biológicos en la erradicación de cultivos de coca en la Región Andina. Sabemos que la primera etapa de la aplicación de dicha herramienta está precedida de un convenio entre el país respectivo y las Naciones Unidas  (UNDCP) para la experimentación de “agentes biológicos”. En la actualidad, según las versiones del Departamento de Estado de los EEUU y del Embajador de los EEUU en Colombia, la suscripción de un acuerdo entre el Gobierno de Colombia y las Naciones Unidas (UNDCP) representa el primer paso para la aplicación del Plan Colombia en la versión Washintong.

Como ustedes, Señor Presidente de la República y Señor Ministro del Medio Ambiente saben, el anteproyecto de la UNDCP preparado en Viena en 1999 aludía de forma directa al control biológico utilizando una forma  especial del hongo Fusarium oxysporum como objeto de experimentación en territorio colombiano, como antesala para la utilización en amplia escala del mismo en la erradicación de cultivos ilícitos. El proyecto señalaba un inmenso interés de las autoridades colombianas en el uso de ese hongo.

Teniendo como antecedente  el rechazo , en 1999, de un proyecto similar diseñado por las autoridades antinarcóticos de EEUU para erradicar los cultivos de marihuana en los everglades en el Estado de Florida, debido a los riesgos de mutabilidad y liberación de micotoxinas, potencialmente dañinas, para los ecosistemas y la salud humana y animal; el proyecto de UNDCP para Colombia, en su primera versión, fue denunciado por diferentes organizaciones ambientales internacionales como atentario contra la salud humana y la biodiversidad.

Por ello el UNDCP y el Gobierno de los Estados Unidos, tuvieron la necesidad, de modificar el acuerdo de manera expedita para presentarlo ante la opinión pública internacional como una iniciativa del Gobierno Colombiano.

Aunque de acuerdo con sus declaraciones públicas, ustedes aparentemente se han opuesto a la versión original del acuerdo con el UNDCP, particularmente al uso del Fusarium Oxysporum, bajo la responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente, el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas SINCHI y el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt prepararon el proyecto “Formas Alternativas, Integrales y Productivas de Protección a la Biodiversidad en las Zonas afectadas por Cultivos de Coca y su Erradicación” la versión del proyecto de julio del 2000, diseña en principio para darle comienzo en el mes de agosto establece como primer componente la “Identificación de mecanismos biológicos ambientalmente seguros para la erradicación de cultivos de Erythroxylum coca”[3][3] , la cual incluye la investigación sobre agentes biológicos nativos, no por ello menos nefasto, si se tiene en cuenta que en Colombia existen especies como el D-437, originarios del Cauca, que es catalogado por los científicos como altamente peligroso.

Con esta posición asumida por el Ministerio del Medio Ambiente se da un primer paso para la introducción, en Colombia, de agentes patógenos irresponsablemente llamados control biológico y se libera al Gobierno Norteamericano de eventuales violaciones al tratado Internacional de Armas Biológicas y Tóxicas.

Examinando las declaraciones públicas por parte del Ministerio del Medio Ambiente, no encontramos argumentaciones sensatas que nos permitan a los habitantes de toda la Región Andinoamazónica tener la certeza de que las autoridades colombianas están tomando las decisiones correctas en interés de un área que por su compleja biodiversidad hace parte del patrimonio de la humanidad.

Las dudas acerca de los riesgos en la salud pública, la seguridad alimentaria y el ambiente por parte de miembros de la comunidad científica y ambiental nacional e internacional, así como la ausencia de participación de la comunidad en las decisiones que la afectan, nos lleva a exigirles de manera firme y categórica, a ustedes Señor Presidente de la República y Señor Ministro del Medio Ambiente, a comprometerse oficialmente con nosotros los colombianos a no desarrollar ningún tipo de investigaciones  y/o experimentaciones sobre agentes biológicos o químicos de erradicación de cultivos ilícitos en nuestro territorio.

La erradicación manual concertada con las comunidades es el único método seguro socioeconómico y ambiental, que no deslegitima al estado social de derecho y que genera procesos de participación ciudadana en propósitos comunes. Por tales razones exigimos se respete el ordenamiento jurídico vigente nacional e internacional, así como los convenios internacionales ratificados por el estado colombiano . Los instamos a aplicar el principio de prevención en el sentido de “prevenir” la siembra de cultivos ilícitos  trabajando sobre las causas con inversión social y apoyo a proyectos alternativos integrales, que aprovechen racionalmente la biodiveridad y que permitan generar ingresos distintos a la economía ilegal de las drogas. Con este método se evitarían eventualmente impactos de orden socioeconómico, ambiental y de conflicto interno con los países que hacen parte de la Cuenca Amazónica.

Es su deber, doctor Andrés Pastrana en su calidad de Presidente de Colombia, y doctor Juan Mayr primera autoridad ambiental del país y Presidente de la Comisión de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, evitar el uso de armas o “agentes” biológicos sean éstos extranjeros o nativos, así como sustancias agrotóxicas en el contexto de la guerra contra el narcotráfico y la subversión, las cuales ocasionarán una catástrofe irreversible y sin precedentes, que tendrá implicaciones nefastas dentro de un espacio de vida para las presentes y futuras generaciones. 

Atentamente,

 

Con copia a: 

Redes Movimiento del Agua

Señor Presidente del Ecuador Gustavo Novoa

Señor Presidente de Perú Alberto Fujimori

Señor Presidente de Venezuela Hugo Chavez

Señor Presidente de Brasil Fernando Enrique Cardozo

Señor Presidente de Bolivia Hugo Banzer

Señor Presidente de Argentina Antonio de la Rua

 

 

RAFAEL ORDUZ MEDINA

Senador de la República

 

 

 

Bogotá, 21 de Noviembre de 2000

 

 

Señor Ministro del Medio Ambiente

JUAN MAYR MALDONADO

La Ciudad

 

 

Respetado Ministro:

 

Cordialmente me dirijo a usted con el objeto de exponerle algunas inquietudes sobre el estado actual y las implicaciones sobre el uso y manejo de la biodiversidad en las investigaciones y demás gestiones adelantadas por esa entidad, relacionadas con el desarrollo de una estrategia equívocamente denominada de “control biológico” para la erradicación de cultivos ilícitos.

 

En comunicación anterior, del 17 de agosto de 2000, me dirigí al Señor Presidente de la República y a usted, conjuntamente con otros congresistas, para plantearles mi inquietud frente al componente antinarcóticos del Plan Colombia, concretamente en lo relacionado con la estrategia de erradicación de cultivos ilícitos contenida en los condicionamientos formulados por el Congreso de Estados Unidos, en donde el gobierno colombiano se compromete a “la prueba de micoherbicidas ambientalmente seguros” como una de las estrategias para la erradicación de cultivos ilícitos.   En la misma carta, hice referencia a la evolución de este tipo de proyectos patrocinados por gobierno de los Estados Unidos y el Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización de las Drogas (UNDCP) y al proyecto de julio de 2000 preparado bajo la responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente y el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas SINCHI titulado “Formas alternativas, integrales y productivas de protección a la biodiversidad en las zonas afectadas por los cultivos de coca y su erradicación”, con el cual se iniciarían las investigaciones sobre “control biológico” en el país.  

 

En el escrito en mención se le solicitaba un “compromiso oficial con los colombianos  a no desarrollar ningún tipo de investigaciones y/o experimentaciones sobre agentes biológicos o químicos de erradicación de cultivos en nuestro territorio”.  Infortunadamente, y sin que medie explicación alguna de parte suya, no he recibido a la fecha ninguna respuesta a la comunicación aludida[4].

 

El desarrollo del debate sobre el tema en diversos escenarios nacionales e internacionales ha dejado en claro que, como se mencionó en mi primera comunicación, es cuando menos inapropiado presentar como “control biológico” las estrategias que tienen por objeto la erradicación de cultivos ilícitos a través del uso de micoherbicidas u otros agentes biológicos, definiéndose ahora el objeto de tales proyectos bajo la más acorde acepción de “guerra biológica”.   Lo anterior ha sido reconocido por el gobierno de los Estados Unidos en su memorando del 22 de agosto del 2000 y más recientemente puesto en evidencia en el programa “Panorama” de la BCC, del 10 de octubre de 2000.  Acontecimientos que llevaron a la UNDCP, el pasado 2 de noviembre a declarar “de manera inequívoca que UNDCP no esta implementando, ni planea implementar, ni está discutiendo la posibilidad de implementar un proyecto de control biológico en Colombia ni en ningún otro lugar de los Andes”.   Así las cosas, me dirijo nuevamente a usted con el propósito de conocer la posición actual de esa entidad sobre los proyectos que promueven investigación o implementación de la estrategia de erradicación de cultivos ilícitos en cuestión.

 

En ese mismo sentido, le solicito me informe sobre el estado actual de la propuesta denominada “Formas alternativas, integrales y productivas de protección de la biodiversidad en las zonas afectadas por cultivos de coca y su erradicación” y le pido se sirva brindarme copia oficial de la misma.  Adicionalmente, quisiera conocer las gestiones adelantadas frente a la convocatoria, por ese Ministerio, de un “grupo científico independiente del más alto nivel y representativo del saber colombiano” como el fin de examinar el mencionado proyecto, propuesta que presentó en el Seminario llevado a cabo en Paipa durante los días 20 a 23 de septiembre del año en curso, ante las resistencias y críticas al proyecto por parte de sectores académicos y sociales nacionales e internacionales.

 

Finalmente, quiero exponer mi inquietud relacionada con el uso y acceso a los recursos biológicos y genéticos de la nación implícitos en este tipo de proyectos.    Me preocupa sobre manera su vinculación con el control y acceso a los recursos biológicos y genéticos y la protección de los conocimientos tradicionales asociados a la diversidad biológica.   Me pregunto sobre la claridad ética de que los esfuerzos de conservación y protección de la biodiversidad del país sean capitalizados a través del desarrollo de armas biológicas, atentando así contra la misma riqueza biológica del país, el medio ambiente y la salud humana, en abierta violación a los objetivos del Convenio de Diversidad Biológica  y del artículo 24 de la Decisión 391 del Acuerdo de Cartagena, la cual explícitamente “prohíbe el empleo de los recursos genéticos y sus productos derivados en armas biológicas o en prácticas nocivas al ambiente o a la salud humana”.

 

 

 

Atentamente,

 

 

RAFAEL ORDUZ MEDINA

Senador de la República

 

______________________________________________________________________

 

 

 

Subject: Comunicado de prensa - Fumigaciones

 

COMUNICADO DE PRENS

26 de Febrero de 2001

 

Motivado por los documentos producidos por Departamento de Estado de los Estados Unidos sobre la erradicación de cultivos ilícitos en Colombia titulados “Fact Sheet, The aerial Eradication or Illicit Crops: Answer to Frequenly Questions”, de la Oficina de Asuntos del Hemisferio Occidental y “Report on the effects on human Health and Safety of Herbicides used in the Colombian Aerial Spray Program” de la Oficina Internacional para las Drogas, el Senador RAFAEL ORDUZ MEDINA se dirigió por escrito al Ministro del Medio Ambiente, JUAN MAYR MALDONADO, y a la Ministra de Salud, SARA ORDÓÑEZ, para solicitarles información concreta sobre el producto agroquímico que se ha venido utilizando para realizar las fumigaciones de cultivos ilícitos y las otras sustancias que componen la mezcla final con que se realizan las aspersiones. Igualmente, el Senador preguntó a los Ministros en cuestión, sobre las medidas y procedimientos para atender los reclamos e inquietudes de los ciudadanos frente al tema, en razón de las crecientes denuncias relacionadas con los efectos nocivos producidos a la salud humana, los cultivos de pancoger y los programas de desarrollo alternativo producto de las fumigaciones llevadas a cabo en el Putumayo entre diciembre del año pasado y Febrero 2 del 2001.

_____________________________________________________________________________

Señor

JUAN MAYR MALDONADO

Ministro del Medio Ambiente

La Ciudad

 

Respetado Ministro:

 

De antemano agradezco sinceramente su respuesta a mi comunicación del 21 de noviembre de 2000, la que denota su franca preocupación por el tema.  Así mismo, celebro que hayamos logrado abrir un debate el cual, como usted, considero que “permite a la sociedad colombiana analizar a profundidad la magnitud de la destrucción ambiental que conlleva la economía del narcotráfico en sus diferentes fases”.  De otro lado, como soy un convencido de la fuerza de los argumentos, acojo con agrado su invitación “a opinar e incidir en las políticas ambientales relacionadas con los cultivos ilícitos”.

 

En atención a lo anterior, me parece importante iniciar la discusión sobre las implicaciones de todo proyecto de bioprospección que tenga por objeto “encontrar opciones productivas legales y sostenibles a las poblaciones vinculadas a los cultivos ilícitos” y los efectos ambientales tanto de la expansión de los cultivos ilícitos como de su erradicación mediante la utilización de agroquímicos, ambos temas fundamentales para el futuros del país y el desarrollo del proceso de paz.

 

Al respecto, quiero aprovechar esta comunicación para hacerle conocer mi preocupación por las denuncias sobre los efectos nocivos que ocasiona sobre el medio ambiente la estrategia de fumigación para la erradicación de cultivos ilícitos y solicitarle se sirva brindarme información concreta sobre el tema.

 

Específicamente, deseo preguntarle sobre el conocimiento que posee ese Ministerio acerca de la sustancia que se emplea o se ha empleado en las fumigaciones.  He conocido que funcionarios del Departamento de Estado de los Estados Unidos han afirmado que actualmente se ha pasado del uso del ROUNDUP al empleo de una formulación más fuerte del mismo agente denominada ROUNDUP ULTRA.  Agradecería me comunicara lo que conoce sobre tal aseveración y me brindara información completa sobre el asunto.

 

Además, desearía saber qué conocimiento tiene esa entidad de las sustancias con la que es mezclado el herbicida utilizado en las fumigaciones para su aspersión. Agradecería información precisa sobre los compuestos denominados COSMOFLUX-411f y COSMO-IN-D.

 

De otro lado, considero de especial relevancia que la opinión pública conozca cómo se toman las decisiones sobre las sustancias con que se realizan las fumigaciones, es decir, los estudios previos que se requieren, las consideraciones de los efectos sobre la salud humana y el ambiente y la participación de las instancias del gobierno como el Ministerio de Salud y ese Ministerio, encargadas de velar por el bienestar de los ciudadanos en esos campos.

 

Finalmente, sobre los efectos y consecuencias de las fumigaciones y el compuesto químico utilizado para las mismas, quiero preguntarle por la incidencia del Ministerio para que los efectos nocivos sobre el medio ambiente sean mínimos.  En el mismo sentido, si se producen efectivamente daños al ambiente, ¿existe algún mecanismo al que puedan apelar los ciudadanos que ven su entorno afectado de esta manera por las fumigaciones? y ¿cuáles son las medidas que adopta el Ministerio a su cargo en dicha eventualidad?.  Para concluir, si efectivamente existe tal mecanismo y las medidas para reparar el daño causado, quisiera información sobre casos concretos y su posterior solución.

 

De nuevo agradezco su amable atención y celebro el camino que se ha abierto a un intercambio permanente de ideas, para lo cual me mantendré en continua comunicación con usted.

 

 

Cordialmente,

 

 

RAFAEL ORDUZ MEDINA

Senador de la República

 

 

______________________________________________________________________________

 

Bogotá, D.C.

 

Doctor

RAFAEL ORDUZ MEDINA

Senador de la República

Ciudad

 

Honorable Senador:

 

Me refiero a su amable comunicación de fecha 21 de febrero de este año, en la cual manifiesta preocupación por las denuncias sobre los efectos nocivos que ocasiona sobre el medio ambiente la estrategia de erradicación de cultivos ilícitos, y solicita información sobre el tema.

 

Sobre el particular, cordialmente me permito informar lo siguiente:

 

Con relación al conocimiento que posee el Ministerio del Medio Ambiente acerca de la sustancia que se emplea o se ha empleado en las fumigaciones, quiero comentarle que de acuerdo con la información contenida en el primer documento sobre el Plan de Manejo Ambiental para la Erradicación con Glifosato, presentado por la Dirección Nacional de Estupefacientes – DNE a este Ministerio, se afirma que la mezcla utilizada en el programa de erradicación corresponde al ingrediente activo Glifosato, en formulación comercial de nombre Roundup en un porcentaje de 43.9%.

 

De otra parte, el Ministerio del Medio Ambiente, no tiene conocimiento alguno acerca del empleo de la formulación Roundup Ultra en el programa de erradicación de cultivos ilícitos.  Así mismo, con relación a las sustancias con que es mezclado el herbicida, la información más reciente se encuentra en los resultados de la evaluación que realizó el personal del Instituto Colombiano Agropecuario – ICA en una visita técnica realizada a la Base Antinarcóticos Larandia, los días 3 y 4 de agosto de 2000 (Anexo copia).

 

Las sustancias utilizadas para el Programa de Erradicación de cultivos de coca y amapola, suministradas por la DNE/POLICIA ANTINARCÓTICOS, son:  Glifosato, Coadyuvante Cosmoflux o Cosmoid, y agua (Anexo cuadro).

 

Referente a las características o compuestos del coadyuvante Cosmofux – 411f, puede extractarse del informe que se anexa del ICA, pues este aspecto es objeto de evaluación por parte de esa entidad.  Sobre este particular, el Ministerio mediante oficio de fecha 11 de diciembre del año pasado, solicitó información al Ministerio del Salud sobre los riesgos a la salud humana de los componentes utilizados en las fumigaciones a cultivos ilícitos, sin que a la fecha se haya tenido respuesta alguna.

 

Con relación a la inquietud sobre como se toman las decisiones para la aplicación de las sustancias con que se realizan las fumigaciones, quiero reiterar que de acuerdo a lo previsto en el artículo 91 literal g) de la Ley 30 de 1.986, le corresponde al Consejo Nacional de Estupefacientes disponer sobre la destrucción de cultivos ilícitos y demás plantaciones de las cuales se puedan extraer sustancias que produzcan dependencia, utilizando los medios más adecuados, previo concepto favorable de los organismos encargados de velar por la salud de la población y por la preservación del medio ambiente.

 

En cumplimiento a lo previsto en esta Ley, en 1.992 el Consejo Nacional de Estupefacientes, adoptó el mecanismo de aspersión aérea controlado de cultivos ilícitos, mediante el empleo de la sustancia química glifosato.  De conformidad con lo anterior, el Ministerio de Salud y el Inderena emitieron concepto favorable para la aplicación de dicho agente químico, según oficios de fechas 11 y 8 de octubre de 1993 respectivamente, suscritos por sus representantes legales de ese entonces.

 

Igualmente, con fundamento en el artículo 91 de la misma Ley, el Consejo Nacional de Estupefacientes, profirió la Resolución No. 0001 de 1994 modificada a su vez por la Resolución No. 0005 de agosto de 2.000, en la cual se establecen entro otros aspectos, los parámetros técnicos y operacionales para hacer efectivo el uso del herbicida glifosato.

 

Los artículos primero, quinto y séptimo de la Resolución No. 0005/2.000, de la cual anexo copia, establecen la información previa requerida antes de iniciar cualquier actividad de fumigación de plantaciones ilícitas a fin de minimizar los efectos sobre la salud humana y el ambiente, así como la participación de distintas instancias del gobierno.

 

En cuanto a la acción del Ministerio del Medio Ambiente en relación con la prevención, mitigación, control y compensación de los posibles efectos o impactos ambientales negativos causados en desarrollo de las actividades que comprende el programa de erradicación, este Ministerio ha exigido un Plan de Manejo Ambiental (PMA) a la Dirección Nacional de Estupefacientes, para que esta entidad adelante las acciones y medidas necesarias.

 

Actualmente este Ministerio evalúa los ajustes que sobre dicho Plan de Manejo Ambiental se ha requerido a la DNE.

 

Además, el Ministerio esta participando en el proceso de discusión que se adelanta en el Comité Técnico Interinstitucional, sobre los términos de referencia para la contratación de una auditoria técnica al programa de erradicación con glifosato de acuerdo con lo establecido en la Resolución 005/2.000 la cual permitirá establecer con mayor rigurosidad los procesos de control y monitoreo tanto del programa de erradicación como de los impactos generados por el desarrollo del mismo.

 

Con respecto a los instrumentos que tienen los ciudadanos ante posibles daños ambientales, existen varios mecanismos que pueden y han utilizado los ciudadanos, como la presentación de quejas o derechos de petición.   Así mismo, las acciones de tutela para la defensa de los derechos fundamentales y acciones populares para la defensa de los derechos colectivos como el medio ambiente, específicamente este último, constituyen mecanismos a los que pueden apelar quienes vean afectado su entorno ambiental producto de las fumigaciones.

 

Complementario a este aspecto, este Ministerio prepara una Directiva General para ordenar el proceso de atención de quejas y denuncias sobre daños generados por las fumigaciones, en la cual se indicarán los términos de tiempo y se orientará sobre los procedimientos legales, la corresponsablididad de las autoridades en los niveles local, regional y nacional, y sobre las funciones de los sectores de Salud, Medio Ambiente, y Agricultura, en materia de plaguicidas.

 

Atentamente,

 

(firmado)

JUAN MAYR MALDONADO

Ministro

 

______________________________________________________________________________

 

 

Bogotá D. C.,  abril 2 de 2001

 

Señor

JUAN MAYR MALDONADO

Ministro del Medio Ambiente

 

 

Respetado Ministro:

 

Acuso recibo de su respuesta a mi carta de febrero 21 del presente, la cual hace visible que comparte mi preocupación sobre el tema. 

 

En referencia a la misma, me gustaría conocer cual es el estado actual del Plan de Manejo Ambiental que ha formulado la Dirección Nacional de Estupefacientes.

 

De otro lado y de acuerdo con lo que expone en su comunicación, no deja de inquietarme el hecho de que se estén utilizando los aditivos Cosmoflux 411 F y Cosmo In D, sin que se hayan realizado hasta el momento los estudios necesarios para determinar su riesgo para la salud humana y el medio ambiente, y que no exista ningún tipo de concepto de ese Ministerio en referencia a dichas sustancias.  Agradecería me comunique los avances que se realicen en el tema.

 

Finalmente, me preocupa que los ciudadanos no cuenten hasta el momento con un sistema eficaz de atención a las quejas sobre daños al medio ambiente ocasionados por la ejecución de la política de erradicación forzada de cultivos ilícitos,  por lo cual celebró su iniciativa dirigida de mejorar esta deficiencia y estaré atento a la expedición de su Directiva.

 

Atentamente,

 

 

RAFAEL ORDUZ MEDINA

Senador de la República

 

 

 

________________________________________________________________________

 

Bogotá, 21 de Febrero de 2001

 

Señora

SARA ORDOÑEZ

Ministra de Salud

La Ciudad

 

Respetada Ministra:

 

Preocupado por las denuncias sobre los efectos nocivos que ocasiona sobre la salud humana la estrategia de fumigación para la erradicación de cultivos ilícitos, me dirijo a usted con el objeto de solicitarle se sirva brindarme información concreta sobre el tema.

 

Específicamente, deseo preguntarle sobre el conocimiento que posee ese Ministerio acerca de la sustancia que se emplea o se ha empleado en las fumigaciones.  He conocido que funcionarios del Departamento de Estado de los Estados Unidos han afirmado que actualmente se ha pasado del uso del ROUNDUP al empleo de una formulación más fuerte del mismo agente denominada ROUNDUP ULTRA.  Agradecería me comunicara lo que conoce sobre tal aseveración y me brindara información completa sobre el asunto.

 

Además, desearía saber qué conocimiento tiene esa entidad de las sustancias con la que es mezclado el herbicida utilizado en las fumigaciones para su aspersión. Agradecería información precisa sobre los compuestos denominados COSMOFLUX-411f y COSMO-IN-D.

 

De otro lado, considero de especial relevancia que la opinión pública conozca cómo se toman las decisiones sobre las sustancias con que se realizan las fumigaciones, es decir, los estudios previos que se requieren, las consideraciones de los efectos sobre la salud humana y el ambiente y la participación de las instancias del gobierno como el Ministerio del Medio Ambiente y ese Ministerio, encargadas de velar por el bienestar de los ciudadanos en esos campos.

 

Finalmente, sobre los efectos y consecuencias de las fumigaciones y el compuesto químico utilizado para las mismas, quiero preguntarle por la incidencia del Ministerio para que los efectos nocivos sobre la salud humana sean mínimos.  En el mismo sentido, si se producen efectivamente daños a la salud humana, ¿existe algún mecanismo al que puedan apelar los ciudadanos que se ven afectados de esta manera por las fumigaciones? y ¿cuáles son las medidas que adopta el Ministerio a su cargo ante dicha eventualidad?.  Para concluir, si efectivamente existe tal mecanismo y las medidas para reparar el daño causado, quisiera información sobre casos concretos y su posterior solución.

 

Agradezco de antemano su amable atención y espero su pronta respuesta sobre un tema tan sensible para la opinión pública.

 

 

Cordialmente,

 

 

 

RAFAEL ORDUZ MEDINA

Senador de la República

________________________________________________________________________

 

Bogotá D.C.

 

 

Doctor

RAFAEL ORDUZ MEDINA

Senador

SENADO DE LA REPUBLICA

Carrera 7 Calle 8º y 9º

Bogotá D.C.

                                               

ASUNTO: SOLICITUD INFORMACIÓN PRODUCTOS UTILIZADOS EN LA ERRADICACIÓN DE CULTIVOS ILÍCITOS

 

 

Respetado Señor Senador:

 

Acuso recibo de su atenta nota de la referencia.  Al respecto me permito comunicarle que desde Enero de 1992, el Consejo Nacional de Estupefacientes ha autorizado únicamente la aspersión Aérea Controlada de cultivos ilícitos mediante el empleo del agente químico Glifosato bajo la formulación conocida como ROUNDUP. En tal sentido, es pertinente anotar que el Glifosato ha sido clasificado en el país por el Ministerio de Salud de acuerdo con los requisitos exigidos para evaluación y clasificación toxicológica planteadas en el Decreto 1843 de 1.991 y en el Manual de procedimientos para la evaluación y clasificación toxicológica de sustancias químicas publicado por este Ministerio. Dicha clasificación correspondiente a la categoría III medianamente tóxico para las formulaciones que contienen como ingredientes aditivo la POEA (Polixi etilen amina) y categoría IV ligeramente tóxico para el ingrediente activo y las demás formulaciones existentes en el mercado.

 

En relación con los coadyuvantes Cosmoflux 411 F y Cosmo In D, es pertinente anotar que este Ministerio se encuentra actualmente revisando su perfil toxicológico. Tan pronto como dicho proceso culmine estaremos informándole sobre los resultados de la evaluación del mismo.

 

Por otra parte, respecto a su inquietud sobre el tiempo de estudios previos que se requieren para tomar las decisiones sobre las sustancias que se realizan las fumigaciones, es importante destacar que de acuerdo con lo dispuesto en el capitulo IX de la Ley 30 de 1.986 por medio de la cual se crea el Consejo Nacional de Estupefacientes en el cual tienen participación el Ministerio de salud y el Ministerio del medio Ambiente y del articulo 20 del capitulo IV de la misma Ley, se asigna al Ministerio de Salud la función de conceptuar sobre las sustancias y métodos a utilizar para la destrucción de plantaciones o cultivos ilícitos. En tal sentido, este Ministerio evalúa los estudios toxicológicos solicitados en el articulo 145 del Decreto 1843 de 1.991 para la obtención de concepto toxicológico y permiso de uso en el país, dentro de los cuales se destacan:

 

1. Propiedades físico-químicas

 

2. Mecanismos de acción

 

3. Información toxicológica:

 

a. Toxicidad aguda: en animales de experimentación: Dosis letal 50 oral, inhalatorias y   dérmica, índice de irritación ocular, índice de irritación dérmica, índice de sensibilidad.

 

b. Toxicidad subaguda: Estudios con dosis administradas por vía oral, dérmica o inhalatoria hasta 90 días, mínimo en dos (2) especies animales.

 

c. Toxicidad crónicas:                                                                        

·         Estudios con dosis administradas por vía oral durante dos (2) años, la vida media del animal en experimentación.

 

·         Estudios de efectos en la reproducción, mínimo en tres generaciones o estudios invitro que pueden tener la misma validez para observar su acción mutagénica, teratogénica o carcinogénica.

 

·         Estudios de metabolismo incluyendo vía de administración, adsorción distribución, almacenamiento y eliminación del producto, vías y formas de eliminación del producto.

 

Es de anotar que dentro del análisis de los estudios evaluados para el glifosato se resalta que:

 

·      Presenta irritación ocular manifestada en conejos la cual es reversible y transitoria.

·      La Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos clasificó en 1.991 el ingrediente activo en clase carcinogénica E de no evidencia de carcinogenicidad en humanos.

·      En estudios realizados para mutagenicidad no se ha revelado efecto alguno que permita considerar al mismo como agente mutágeno.

·      Los estudios presentados a este Ministerio para evaluación de teratogénesis y embriotoxicidad presentaron resultados negativos para malformaciones estableciéndose un nivel de efecto no observable para desarrollo y toxicidad materna de 1000mg/Kg.

·      Respecto a su última inquietud sobre los mecanismos existentes frente a los posibles daños que puedan ocasionarse a la salud y el medio ambiente, me permito resaltar que la responsabilidad de la fase operativa recae como tal en la Policía Nacional, Dirección Antinarcóticos. Al respecto, adjunto encontrará copia de la Resolución No. 0005 del 11 de agosto de 2000, del Consejo Nacional de Estupefacientes, mediante la cual se crea la auditoria técnica encargada de supervisar la correcta ejecución del programa de erradicación de cultivos ilícitos y se le asigna al Consejo Nacional de Estupefacientes la responsabilidad de gestionar los recursos financieros para llevar a cabo programas de rehabilitación, social económica y ecológica en las zonas donde se adelantan operaciones de erradicación de cultivos ilícitos.

 

Cordial saludo,

 

(firmado)

CARLOS ARTURO SARMIENTO LIMAS

Director General de Salud Publica

 

Con copia a : Despacho Señora Ministra de Salud

                      No. rad 12538-01

                     Dra. María Amparo cadena Lezama

                     Coordinadora Grupo de Protección a la Salud

 

________________________________________________________________________

 

Bogotá D. C.,  abril 2 de 2001

 

Señora

SARA ORDOÑEZ

Ministra de Salud

La Ciudad

 

 

Respetada Ministra:

 

Acuso recibo de la respuesta a mi carta de febrero 21 del presente, firmada por el Director General de Salud Pública, Carlos Arturo Sarmiento Limas.  Lamento que asuntos de tanta importancia para el bienestar y la salud pública no cuenten directamente con su concepto, en su calidad de directora  de ese Ministerio.

 

De otro lado,  ya que de acuerdo al artículo 91, literal g, de la Ley 30 de 1986 o Estatuto de Estupefacientes,  la destrucción de los cultivos ilícitos ha de contar con el “previo concepto favorable de los organismos encargados de velar por la salud de la población y por la preservación y equilibrio del ecosistema del país”,  no entiendo cómo se vienen utilizando los aditivos Cosmoflux 411 F y Cosmo In D, sin que se hayan realizado hasta el momento los estudios necesarios para determinar su riesgo para la salud humana y el medio ambiente, y aún más, no exista ningún tipo de concepto de su despacho en referencia a dichas sustancias.

 

Finalmente, me preocupa sobremanera que los ciudadanos no puedan contar con la asistencia de ese Ministerio cuando se ve afectada su salud por las políticas públicas.  No entiendo cómo pretende esa entidad que sea la Policía Antinarcóticos, ejecutora de la política antidrogas, su propia juez ante los reclamos de los ciudadanos que ven afectado su bienestar por la misma política.

 

 

Atentamente,

 

 

RAFAEL ORDUZ MEDINA

Senador de la República

 

 _________________________________________________________________

 Comunicado de Prensa - Sustancias Fumigaciones

COMUNICADO DE PRENS

Abril 2 de 2001

Se han recibido las respectivas comunicaciones de los Ministros de Salud y Medio Ambiente en atención a las cartas enviadas por el Senador Rafael Orduz el pasado mes de febrero, relacionadas con las sustancias utilizadas para las fumigaciones y la atención de quejas de los ciudadanos que han visto afectada su salud, sus cultivos de pancoger y los programas de desarrollo alternativo fomentados por diversas organizaciones gubernamentales e internacionales por los operativos de aspersión aérea.

De acuerdo con las respuestas, queda claro que los organismos del Estado encargados de velar por la salud humana y el medio ambiente, no han realizado ningún tipo de pruebas para determinar posibles efectos nocivos producidos por las sustancias empleadas como aditivos del glifosato para la fumigación, de tal manera que es imposible que hayan dado concepto alguno sobre el uso de las mismas en la erradicación de cultivos ilícitos, en evidente incumplimiento del Estatuto de Estupefacientes el cual les exige un previo concepto favorable (Ley 30 de 1986, art. 91, lit. g).

De otro lado, preocupa conocer que ninguno de los Ministerios en mención parece ser competente para conocer de las quejas formuladas por los ciudadanos que ven afectados su salud y su medio ambiente por las fumigaciones, y en consecuencia no existe hasta el momento un mecanismo eficaz de atención de las quejas sobre daños ocasionados por la ejecución de la política de erradicación forzada.

El Senador se dirigió nuevamente a los funcionarios resaltando los aspectos anteriormente reseñados.

UTL RAFAEL ORDUZ MEDINA
Senador de la República



[1][1] Plan Colombia - Fortalecimiento Institucional y Desarrollo Social 2000 - 2002, Presidencia de la República, Departamento Nacional de Planeación.

[2][2] Ley HR4425 (capitulo 2 sección 3201) condiciones de asistencia para Colombia. Firmada julio 13 de 2000

[3][3] Formas Alternativas, Integrales y Productivas de Protección de la Biodiversidad en las Zonas afectadas por Cultivos de Coca y su Erradicación “, Julio 2000, P.10

[4] El Señor Presidente, en su carta de respuesta me remite a su despacho, sin éxito.


 



BOOKS PUBLISHED BY MAMA/COCA / LIBROS ELECTRÓNICOS


Inicio


Hospedado por Globenet

 

©2008 Mama Coca. Favor compartir esta información y ayudarnos a divulgarla citando a Mama Coca.

junio 2001  octubre 2001  febrero 2002   noviembre 2002   abril 2003   septiembre 2003