PROYECTO DE LEY No. ________ DE 2020 SENADO
“Por el cual se prohíbe el uso de
agroquímicos en la implementación de
El Congreso de
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto.
La presente ley tiene por objeto preservar la vida, la salud, el
medioambiente, la biodiversidad, los recursos naturales y el futuro
comercial agrícola y ganadero de todos los habitantes del territorio
nacional frente a los riesgos que representa la medida de aspersión aérea y
terrestre como componente de
Artículo 2°. Prohibición. Prohíbase
el uso en las modalidades de aspersión aérea o terrestre de cualquier
agroquímico ―producto fitosanitario sea éste
mineral,
biológico
o de
síntesis química―
en la implementación del componente de lucha dicha contra la oferta de
drogas ilícitas de
Artículo 3°.
Condiciones especiales sobre el glifosato
Considerando
que la sustancia activa actualmente utilizada por el Estado colombianos en
su
Política Nacional de Drogas
es el glifosato
y que como afirmado por el
Presidente Duque, las fumigaciones continuarán - A partir de la
promulgación de la presente ley, el Estado colombiano y todas las entidades
competentes Consejo Nacional de Estupefacientes,
Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible, de Comercio, Industria y Turismo, de Salud y Protección Social y
de Agricultura y Desarrollo Rural,
1.
En respeto del Principio de Precaución, una investigación científica
que, con rigor, calidad e
imparcialidad demuestra de forma objetiva y concluyente la ausencia
de daño para la salud y el medioambiente de las fumigaciones
gubernamentales. Esta investigación
debe ser sobre los impactos en los suelos tropicales y biodiversidad
y diversidad de las regiones
colombianas de la formulación y concentración de la mezcla propias al
Gobierno colombiano.
2.
Información precisas sobre formulación de glifosato aplicada por el gobierno
colombiano a partir del momento de la reanudación de las aspersiones aéreas
(con naves aéreas tripuladas y no tripuladas –drones) y por aspersiones
terrestres desde el inicio del actual mandato (agosto 2018).
3.
Un informe sobre las concentraciones de dicha formulación y número de
pasadas, altura, previsión de deriva sobre un mismo terreno
con una nota comparativa que ilustre las similitudes y diferencias entre las
fumigaciones estatales y la modalidad de uso del glifosato en los cultivos
agrícolas legales.
4.
La georeferenciación de las zonas fumigadas desde noviembre 2015, fecha en
la se suspendieron las aspersiones aéreas a raíz del
Informe del IARC[1]
en el que este agencia de
5.
Imágenes y una lista detallada sobre la
verificación de
la población;
viviendas; cuerpos de agua;
números de hectáreas de cultivos declarados ilícitos a erradicar (y número
de hectáreas constatadamente erradicadas) de los municipios y regiones
fumigados desde agosto 2018 y programados a futuro para operaciones de
fumigación.
6.
Los Planes de Manejo Ambiental y Planes de Seguimiento Epidemiológico para
las operaciones de fumigación.
El plan que diseñe el Gobierno debe incluir una institución con la capacidad
de enviar alertas ante posibles riesgos.
7.
Los informes del monitoreo de todas las aspersiones (aéreas y terrestres)
realizadas desde agosto 2018
sobre el territorio nacional
8.
La fórmula para la recepción de
quejas y el volumen de las quejas de salud relacionadas con aspersiones con
glifosato. Dicha quejas no pueden ser recepcionadas ni tramitadas por las
mismas entidades que toman parte en la implementación de la medida de
fumigaciones. Ante la cuasi imposibilidad de establecer una correlación de
causalidad directa y de descartar otras posibles causas se debe acudir a una
instancia médicas internacional para evitar el riesgo de emplear un umbral
probatorio “politizado”.
9.
Informes sobre los procesos de Consulta Previa con las comunidades étnicas
como exigidos por
10.
El presupuesto del gobierno con itemización de los costos
de fumigar ―aeronaves, aspersores, planta de empleados y sus equipos de
protección debida, costos del glifosato y de los codadyuvantes y otros.
Copia del contrato de compra delas sustancias químicas y de las
operaciones de aspersión.
11.
También es ineludible llevar a cabo estudios sobre los efectos (aguas abajo)
de las poblaciones y áreas circundantes a las zonas fumigadas (Ver
el estudio en Brasil de
Mateus Dias Rudi Rocha Rodrigo R. Soares:
Glyphosate
Use in Agriculture and Birth Outcomes of Surrounding Populations,
Institute of Labor Economics (IZA) February 2019[4]
Artículo 4:
Controles
a agroquímicos para aumentar la productividad de la coca ilícita:
Se encomiende al Consejo Nacional
de Estupefacientes y a Ministerio de Agricultura el desarrollo de estudios
de terreno sobre cuáles son los agroquímicos utilizados para aumentar la
productividad de los cultivos de coca para cocaína con miras al diseño de
normas que limiten su importación (y o producción) en Colombia. Entre otras,
normas para prevenir los riesgos de que el glifosato estatal acabe en el
mercado negro y siendo usado para cultivos ilícitos
EXPOSICIÓN DE
MOTIVOS
Colombia es el
único país del mundo en el que el Estado aplica sustancias químicas en su
búsqueda por erradicar las plantas de las cuales se extraen sustancias
psicoactivas ilícitas.
La medida de
fumigaciones en Colombia se implementa por primera vez en 1978 para
acomodarse al giro de la política de drogas hacia el diseño de fórmulas para
atacarse a la “oferta” -concebida
como el cultivo [Boletín
de 1977 de la ONUDD[5]].
El Gobierno Turbay Ayala inicialmente aplica esta medida con aspersores
portátiles (fumigas cacorras) para erradicar unas estimadas 25,000 hectáreas
de marihuana.
Entre 1978 y
casi hasta el año 2000, los Estados Unidos por obra del Estado colombiano
experimentó en Colombia con químicos tan devastadores como el imazapyr; el
tebuthiuron; el Paraquat (Gramaxone -un herbicida agudamente tóxico cuya
aplicación aérea se encuentra prohibida en Colombia desde el 2015); con
hexazinon (que afecta en particular a pequeños mamíferos y puede generar
pérdida de habitat); con Garlon-4 (tripclopyr); con
Las
fumigaciones en Colombia se dan por etapas. En 1984 se oficializa la medida
y, aunque se sigue experimentando otros químicos, se adopta oficialmente el
uso del glifosato para acabar con 16,000 has de coca. En 1991, una
investigación de
Uno de los
momentos cumbre de las fumigaciones llega con el Plan Colombia. Entre 1999 y
el 2014, se fumigan 1’561,998 hectáreas de sólo coca y no sólo con glifosato
sino con una mezcla que potencia el glifosato y a razón de una descarga
inaudita, muy por encima de la tasa permitida y/o que debería permitir
Los estudios de Keith Solomon para OEA/CICAD
[6]
(2001-2007) avalan este uso potenciado. No obstante, en el 2011, ante
el cambio de proveedores de
Los herbicidas
se clasifican por categorías en función de su modalidad de acción o la
planta sobre la cual actúan. Los herbicidas actúan sobre las malas hierbas
al interferir con la forma en que éstas crecen. Como el desarrollo y
evaluación de herbicidas ambientalmente seguros específicos a los cultivos
declarados ilícitos no es
comercialmente viable y como la coca no es una mala hierba sino una planta
(arbusto) , la política de drogas ha optado por alterar las formulaciones,
concentraciones y ajustar las licencias ambientales a usos no autorizados
por los mismos fabricantes. De
tal forma,
Así las cosas,
el Estado colombiano no fumiga sólo con glifosato. Es posible que la
formulación que usa el gobierno colombiano consista de una mezcla en tanque
de glifosato con el coadyuvante Cosmo-Flux. Si se trata del glifosato
RoundUp 360 SL® de
Otra
posibilidad es que la formulación gubernamental se base en el glifosato
chino Cuspide 480 SL de la empresa Tanalu Chemical también con el
codayuvante CosmoFlux®. El Cuspide 480 SL que fue aprobado por licencia
otorgada por
A pesar de los
riesgos innegables, ilegitimidad y falta de resultados (de 16,000 hectáreas
de coca en 1984, tras fumigar millones de hectáreas y unos costos
financieros y sociales astronómicos durante 35 años, hoy se habla de 200,000
hectáreas de coca), la
dinámica comercial,
presiones estadounidenses y politización de las fumigaciones,
han condenado a los sucesivos gobiernos a una sinsalida.
El Estado
colombiano se ha revelado incapaz de
diseñar alternativas de erradicación masiva (como podría ser, por
ejemplo, la producción de biomasa; de un pesticida con el tropano existente
en la hoja de coca; empaques de cartón y otros). Incapaces de reconocer el
fracaso, la constante ha sido
la búsqueda de sustancias de
reemplazo en un experimento sin fin con los colombianos y sus recursos.
Por otra, los
fondos invertidos en esta medida que deslegitimiza al Estado e impacta
adversamente a las comunidades (cultivadoras y no cultivadoras de coca),
serían mejor invertidos en los establecido en los Acuerdos de Paz entre el
Gobierno Nacional y las FARC-EP de priorizar el apoyo necesario para que los
cultivadores pasen a desarrollar una actividad legal a través de la
sustitución voluntaria de cultivos de uso ilícito, la adecuación de tierras,
desarrollo de infraestructura vial y comunicaciones, desarrollo social,
asistencia técnica, crédito y financiación, mercadeo, compras estatales,
entre otros aspectos, como el desarrollo de proyectos productivos.
El glifosato genera controversias sin fin en todo el mundo pues inmoviliza
los nutrientes necesarios para mantener la salud de plantas y la resistencia
a las enfermedades. Estos efectos, por exposición directa o el consumo a
través de la alimentación,
repercuten en toda la cadena alimentaria y algunos de los posibles daños
incluyen
alteraciones
endocrinas, daño en el ADN, toxicidad reproductiva y del desarrollo,
neurotoxicidad, cáncer y defectos de nacimiento en animales y humanos.
Actualmente,
con los tratados comerciales entre
De ahí la
necesidad de esta ley que prohíba que se siga experimentando con Colombia y
se de cuenta, con informes sobre el estado actual de las aspersiones, de
cuáles han sido los resultados, costos e impactos sanitarios y ambientales
de 40 años de experimentación química.
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