DOSIS PERSONAL

Daniel Samper Pizano  Un plan alucinado sobre alucinógenos (El Tiempo octubre 2 2002)
La Prohibición:  el conejito sólo quiere ayudarnos

Un conejito está corriendo por la jungla cuando ve a una jirafa que se esta haciendo un pito de marihuana. El conejito se para y le dice a la jirafa:-"Amiga jirafa, no te fumes ese porro. Mejor te vienes a correr conmigo; ya verás qué sano es". La jirafa lo piensa y decide tirar el varillo y seguir al conejito.

Los dos están corriendo por el bosque y descubren a un elefante a punto de "snifarse" una raya de coca. El conejito se acerca  al elefante y le dice:-"Amigo elefante, deja de snifar coca y vente a correr con nosotros, verás que bien te hace". El elefante se lo piensa, tira su espejo con la raya y decide seguirlos.

Están los tres corriendo cuando, de pronto, se encuentran con un león que esta a punto de inyectarse una dosis de heroína. El conejito le dice: -" Amigo león, deja esa basura y ven a correr con nosotros; ya verás lo bueno que es. El león se acerca al conejo y le pega un puñetazo monumental.

Los otros animales, escandalizados, preguntan al león: "¿Por qué has hecho eso? El conejito sólo quiere ayudarnos!"

Y el león responde: "Es que este conejo hijueputa me hace correr como un marica durante horas cada vez que mete éxtasis!!!"

 

Entretanto en Colombia, el gobierno de Alvaro Uribe Vélez  propone constitucionalizar la visión prohibicionista incluyendo en su referendo lo siguiente: 
16. CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA DROGADICCIÓN

PREGUNTA: PARA PROTEGER LA SOCIEDAD COLOMBIANA, PARTICULARMENTE SU INFANCIA Y SU JUVENTUD, CONTRA EL USO DE COCAÍNA, HEROÍNA, MARIHUANA, BAZUCO, ÉXTASIS Y CUALQUIER OTRO ALUCINÓGENO, ¿APRUEBA USTED EL SIGUIENTE ARTÍCULO? 

Agrégase al artículo 16 de la Constitución Política, un segundo inciso del siguiente texto: 

Para promover y proteger el efectivo desarrollo de la personalidad, la ley castigará severamente la siembra, producción, distribución, porte o venta de sustancias alucinógenas o adictivas, como la cocaína, la heroína, la marihuana, el éxtasis u otras similares, graduando las penas según las circunstancias en que se cometa la infracción. El Estado desarrollará una activa campaña de prevención contra la drogadicción, y de recuperación de los adictos, y sancionará, con penas distintas a la privación de la libertad, el consumo y porte de esos productos para uso personal, en la medida en que resulte aconsejable para garantizar los derechos individuales y colectivos, especialmente los de los niños y adolescentes. 

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