PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO No. 285/09 – CAMARA  “POR EL CUAL SE REFORMA EL ARTÍCULO 49 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA” (Dosis minima)

 

AUTOR H.R: Ministerio del Interior y de Justicia doctor FABIO VALENCIA COSSIO y el Ministro de Protección Social doctor DIEGO PALACIO BETANCOURT.

 

PONENTES H.R.: NICOLAS URIBE RUEDA –C- JUAN DE JESUS CORDOBA SUAREZ, ROSMERY MARTINEZ ROSALES, JAIME ENRIQUE DURAN BARRERA.

 

PROYECTO PUBLICADO: Gac. 161/09

PONENCIA PUBLICADA: Gac. 240/09

 

Al respecto Presidenta, la proposición con que termina el informe de ponencia suscrito por el doctor Nicolás Uribe, la doctora Rosmery Martínez, y el doctor Juan de Jesús Córdoba, dice de la siguiente manera:

 

Proposición. Por las anteriores consideraciones solicitamos a la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, dar primer debate al Proyecto de Acto Legislativo No.285/09 Cámara “ Por el cual se reforma el artículo 49 de la Constitución Política”, con el siguiente pliego de modificaciones propuesto.

 

Ha sido leída la proposición con que termina el informe de ponencia, Presidenta.

 

La presidencia concede el uso de la palabra al H.R. Nicolás Uribe Rueda.

 

Muy buenos días a todos. Vamos a hacer un esfuerzo por adelantar el debate sobre esta iniciativa de reforma constitucional que como es de conocimiento público, ha tenido un trámite bastante accidentado en el Congreso de la República.

 

No es esta la primera vez, que este proyecto ha sido presentado ante el Congreso de la República, pero creo que sí es la primera vez que este proyecto de reforma constitucional es debatido en la Comisión Primera; en oportunidades anteriores, inclusive el  periodo inmediatamente anterior esta discusión no se pudo adelantar, básicamente porque en el momento del debate ya era inocuo hacerlo por cuanto ya estaban vencidos los términos que requiere una reforma constitucional.

 

Simplemente para mencionar el escenario constitucional y legal, en el cual nosotros nos introducimos con este debate, es el de que este proyecto de reforma constitucional presentado por el Gobierno y por el Ministerio de la Protección Social, y al cual se ha hecho un gran alarde por los medios de comunicación, pero muy pocas veces ha sido tratado con la precisión que requiere; el Gobierno ha sido acusado en todos los términos y con toda clase de objetivos de querer meter a la cárcel a quienes consumen droga.

 

Lo que se pretende en este escenario, es simplemente constitucionalizar el derecho que tienen quienes sufren dificultades por cuenta de la droga a obtener un servicio que atienda sus dificultades de salud; por esta reforma constitucional está orientada a reformar el artículo 49 de la Constitución Nacional, que empieza y simplemente voy a leer como arranca este artículo con los siguientes términos:

 

Artículo 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental, son servicios públicos a cargo del Estado; se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción y recuperación de la salud.

 

Si esto fuera una reforma constitucional con el ánimo de meter a la cárcel a más de trescientas mil personas, que sumadas entre los diferentes tipos de droga la consumen en nuestro país, evidentemente no sería una reforma constitucional al artículo 49.

 

Artículo que además hace parte del Capítulo II de la Constitución, que se denomina los Derechos Sociales Económicos y Culturales y parte integral por supuesto del Título II la Carta de derechos de nuestra Constitución Nacional. Es una reforma reitero y es importante circunscribir el debate sobre la materia, porque a lo que toca dedicarse en debates como estos que generan tanta controversia en el público, en la opinión pública es precisamente hacer responsables con ella, por la vía de contextualizar y adecuar el debate verdaderamente a lo que se está tratando de introducir.

 

El tema constitucional digamos se circunscribe a lo que acabo de mencionar y si nosotros vemos un poco la historia que es importante revisar sobre lo que ha pasado con el tema de la prohibición del consumo de droga en nuestro país, quisiera simplemente mencionar varias normas que existían sobre la materia y por qué hoy estamos abocados precisamente a introducir una norma en la Constitución Nacional que nos permita trabajar, desde la perspectiva de la promoción y de la prevención en el tema del tratamiento al consumo y el porte de sustancias sicoactivas y estupefacientes.

 

En 1986 se promulgó la Ley 30 de ese año; básicamente esta norma lo que hace es concretar el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones; en aquella norma el artículo 51 se establecía lo siguiente, que es entre otras cosas lo que da inicio y propicia todo este debate que ha surgido sobre la despenalización del consumo de la dosis personal.

 

El que lleve consigo, conserve para su propio uso, o consuma cocaína, marihuana, o cualquier droga que produzca dependencia en cantidad considerada como dosis de uso personal, conforme a lo dispuesto en esta ley, incurrirá en las siguientes sanciones y ahí con los literales a, b y c, establecía una serie de sanciones propias a quienes incurriera precisamente en esa conducta establecida por la ley; ya en el año 1994, ocho años después de la promulgación y de la vigencia de esta norma, la Corte Constitucional a través de la sentencia famosa, aquella en la cual el Magistrado Carlos Gaviria era ponente, en la sentencia C221 del año 1994, consideró que esta norma era inexequible y sobre la base de la protección al libre desarrollo de la personalidad, derecho por supuesto que contempla nuestra Constitución, decidió que desde entonces este era un derecho que deberían tener los ciudadanos colombianos.

 

En aquel entonces el Honorable Magistrado Gaviria, menciona lo siguiente:

 

Si el derecho al libre desarrollo de la personalidad está, “tiene algún sentido dentro de  nuestro sistema, es preciso concluir que por las razones anotadas las normas que hacen del consumo de droga un delito, son claramente inconstitucionales”.

 

Yo no me voy a detener por supuesto en el análisis jurisprudencial, en la razón de la decisión que él toma en aquel momento, pero sin duda desde el año 94, este se convirtió en un asunto de permanente discusión y debate en el escenario político y social de nuestro país.

 

El salvamente de voto en aquella oportunidad también, que es importante mencionar, que hubo una decisión equilibrada que por supuesto fue mayoritaria para lograr la inexequibilidad de la norma decía lo siguiente (señora Presidenta, por favor solicite silencio).

 

El salvamento de voto en aquella Sentencia C221 del año 94, en consideración a los argumentos de aquellos de la ponencia minoritaria en aquel entonces decía lo siguiente:

 

De la decisión mayoritaria se desprende una paradoja y una ambigüedad muy difícil de entender, por un lado se autoriza el consumo de la dosis personal, pero por el otro se mantiene la penalización del narcotráfico, es decir que se permite a los individuos consumir droga, pero se prohíbe su producción, su distribución y venta; carece de toda lógica que la ley ampare al consumidor de un producto y en cambie sancione a quienes se los suministra.

 

Y de esta manera Colombia se introdujo en este debate, que luego también tuvo algún desarrollo legal adicional, en el año por ejemplo, 97 se hizo una reforma a este famoso artículo 33 de la ley 30 que hablaba sobre las cantidades de la dosis personal en el año 97 a partir de la ley 365 y anteriormente en la ley 228 se fijó un procedimiento para las contravenciones penales derogada también por el Código de Procedimiento Penal. En aquel momento este procedimiento establecía por supuesto, una serie de procedimientos que deberían adecuarse a las contravenciones penales que posteriormente desaparecieron.

 

Conscientes de las dificultades que generaba  el consumo de droga, particularmente en algunos escenarios públicos, el Congreso de la República en el año 2002, expidió una norma la 745 que ya no penalizaba el consumo y el porte, pero sancionaba a través de la multa el consumo y porte pero sobre todo el consumo de dosis personal de drogas, en aquellos lugares como centros educativos en presencia de menores en cualquier escenario y por supuesto también en aquellos lugares que estuvieran alrededor de los centros educativos o de alta afluencia de pública. Esta norma remitía la Ley 228 del año 95, que posteriormente fue derogada; luego para resumir el tratamiento legislativo que hoy tiene el tema del consumo de dosis personal y el consumo de droga es el siguiente.

 

Estamos en un escenario de absoluta despenalización, hoy es posible conseguir droga, consumirla y portarla en  los términos en los que establece la Ley 30 del año 86 y a pesar de que existe la sanción a través de la multa para impedir que esto suceda en escenarios de bastante preocupación para la sociedad, no hay un procedimiento que permita precisamente aplicar estas multas; lo cual en la práctica nos envía una situación de absoluta de regulación de la materia y por eso alcaldías como la Alcaldía de la Izquierda democrática de este país, que representa el Polo Democrático por ejemplo, se vió obligada frente a las dificultades que genera esta situación en nuestro país y en nuestra ciudad a expedir un decreto el año pasado, el famoso Decreto 411 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, que prohíbe sopena de sanciones pedagógicas precisamente (Presidenta por favor pida silencio a la sala)

 

Sigo Presidenta, ha obligado inclusive a Alcaldías de izquierda que ven la preocupación de cómo la venta y consumo de droga está permeando las instituciones, está dificultando la tarea de la Policía, está perjudicando a los niños principalmente en los colegios, y  ha establecido una serie de sanciones pedagógicas para poder controlarla.

 

Este debate sin embargo se ha dado desde la perspectiva de la prohibición y se ha limitado única y exclusivamente ha mencionar que el Gobierno Nacional, que quienes mencionan de esta forma se comportan en este caso de manera arbitraria, lo que quiere es acabar con los derechos de los ciudadanos imponiéndoles una manera de hacer las cosas; pues nos encontramos que el debate no puede circunscribirse simplemente a la superficial y encuentro uno entonces en el desarrollo legislativo cómo en diferentes oportunidades, a diferencia de este caso particular del consumo de dosis personal de droga,  la Corte Constitucional ha optado no por anular el libre desarrollo de la personalidad, pero sí por resaltar el derecho que tiene el Estado por ejemplo, para incidir e intervenir en  la vida individual de las personas cuando se trata precisamente de una teoría que explicaré brevemente, que se llama “Teoría de la Protección Coactiva”.           

 

A la luz de esta teoría prodigada también por la Corte Constitucional en diferentes circunstancias , se ha logrado por ejemplo a la Corte, decidir favorablemente aquella controversia que se suscitó por ejemplo con el caso del cinturón de seguridad; el cinturón de seguridad por ejemplo fue una norma demandada y que básicamente lo que hacía era, obligar a determinado ciudadano a que se pusiera esta medida de protección aún en contra de su decisión individual de no hacerlo; lo propio también en otro tipo de casos.

 

Esta sentencia 309, que tal vez es la que concentra esta teoría de la protección coactiva y a la cual quisiera referirme para no eludir un debate, pero simplemente para ilustrar sobre decisiones diferentes sobre casos en los cuales se pueda aplicar una posición interesante sobre el tema, que no necesariamente nuestra Constitución Política, dice que el Estado no se puede meter y no incide en el libre albedrío, en la libertad de las personas.

 

Establece por ejemplo, que lo primero es que evidentemente tiene que existir un interés legítimo del Estado para intervenir; un interés legítimo que por supuesto por la importancia del valor jurídico que está en juego, así como por la magnitud de los costos indirectos para la sociedad, debe tomar en cuenta.

 

En segundo lugar, que porque el ámbito de protección además, este tipo de actividad por parte del individuo genera una serie de dificultades en el escenario público; en donde el Estado también tiene particular interés de proteger.

 

Y por último, porque todos estos o más bien estos dos elementos anteriores, protegen valores que tengan un sustento constitucional expreso y cuando digo valores que tengan un sustento constitucional expreso, no quiero decir determinada manera de ver la vida; aquí no se está castigando a las personas porque tengan determinada manera de ver la vida, ni lista o como quiera que ella en todo el espectro de posibilidades que tiene el ser humano, sino porque son valores que están protegidos por nuestra Constitución; como por ejemplo, revisar que particularmente la relevancia para el asunto de nuestra atención, la sentencia recuerda que valores en nuestra Constitución son también los derechos de la persona a la vida, a la salud y los incorpora más bien al ordenamiento que busca proteger las competencias de estos individuos.

 

En consideración a lo anterior, la Corte en estos casos ha mencionado cosas como las siguientes, que es importante resaltar; no son en sí mismas incompatibles con la Constitución, ni con el reconocimiento del pluralismo y de la autonomía y de la dignidad de las personas; este tema sí que es relevante porque solamente sobre este asunto de la dignidad, sobre el individuo, sobre la libre determinación de las personas es que se ha llevado este debate, no son en sí mismas incompatibles dice la Corte, con la Constitución, ni con el reconocimiento del pluralismo y la autonomía y la dignidad de las personas, puesto que ellas no se fundan en la imposición coactiva de un modelo de virtud, sino que pretenden proteger los propios intereses y convicciones del afectado.

 

Estas políticas se justifican porque, en casos determinados es legítimo que terceras personas o el propio Estado puedan tomar ciertas medidas en favor de los individuos. En este caso creo que estamos en un escenario, parecido, analogable sobre el cual podríamos usar una serie de argumentos similares y hasta ahí el tema del análisis constitucional en lo que respecta a cómo se ha llevado este debate, sobre el debate y si el Estado puede o no, introducir unas medidas que a juicio de algunos perjudican el libre desarrollo de la personalidad y que a juicio de otros como acabo de leer  y que es la tesis que nosotros sostenemos, lo único que hace es proteger una serie de valores constitucionales.

 

Pero este debate ha tenido desafortunadamente una ausencia de profundidad de muchos de los temas que tienen que ver con el mismo, desafortunadamente nos hemos quedado simplemente en el debate constitucional de los derechos individuales frente al poder del Estado o al deber del Estado como quisiéramos verlo, para incidir en la conducta individual y se ha evitado un debate que trata múltiples y diversos temas.

 

El primero de ellos, es por supuesto el que plantea el salvamento de voto, es el debate sobre la coherencia de una política en contra de la droga que quisiera simplemente mencionar algunos de los artículos en los cuales se prohíbe y se lucha en este país, en contra de la distribución, consumo, expendio, comercialización, etc, venta a menores en determinados lugares públicos; no más el Código por ejemplo Penal, en el Capítulo XIII que habla de los delitos contra la salud pública, nosotros encontraríamos por ejemplo, conservación o financiación de plantaciones, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, destinación ilícita de muebles, inmuebles, estímulo al uso ilícito, suministro o formulación ilegal etc, etc.

 

Son casi veinte o quince artículos, los que tratan el tema adicionalmente a los que habíamos tratado en la parte inicial de la presentación. Pero no solamente eso, sino que también nuestro Gobierno hace parte y nuestro país, y nuestro Estado hace parte de un escenario general de lucha contra la droga.

 

El primer tema que quisiera yo mencionar aquí, es precisamente ese, el de la política global contra la droga; uno de los discursos de quien está en contra precisamente de introducir alternativas para la sanción y para la prohibición del consumo; es que mencionan como si existiese una tendencia global hacia la despenalización de la droga. Eso es absolutamente falso, en reuniones con Parlamentarios Europeos, ellos dicen que ni siquiera el tema está puesto en la agenda del Parlamento Europeo.

 

Usted lee la declaración de Viena de hace apenas unas semanas, y se encuentra precisamente con las declaraciones en sentido contrario, en lo que dicen es precisamente y en lo que coinciden los países más de ciento setenta que hicieron parte de esta convención hace apenas unos días, es que todas las medidas en la lucha contra la droga serán ineficaces sino se aplican todas las medidas disponibles, para combatirla.

 

En segundo lugar, se dice que Estados Unidos tienen una gran responsabilidad sobre la materia, y se encuentra entonces uno a estudiar el caso Norteamericano y ve lo siguiente, hace apenas tal vez quince días a través de estos nuevos instrumentos que introduce el Presidente Obama, para comunicarse con los ciudadanos y en un escenario de discusión a través de Internet, le preguntaron y una de las preguntas más reiterativas en la materia fue, si estaba a favor de la legalización ni siquiera de la droga, sino de la marihuana y en todos los casos el Presidente Obama, respondió exactamente con la misma respuesta, no creo que sea una buena estrategia.

 

Luego la declaración de Viena en Europa, el Presidente de los Estados Unidos, no está de acuerdo y ni siquiera contempla dentro de la agenda pública el tema de la despenalización de la droga como estrategia para combatir precisamente la delincuencia organizada como estrategia. Se dice entonces que la lucha en contra de la droga, si bien no es porque una tendencia progresista (…)

 

Cassette No. 3. Continúa con el uso de la palabra el H.R. Nicolás Uribe Rueda (…)

 

Que interpretada de manera tropical en nuestras latitudes, se ve como un avance hacia la despenalización, se dice en consideración entonces que la lucha contra la droga sería o más bien es un absoluto fracaso; sobre el tema tenemos nuevas noticias o al menos nuevos argumentos que pueden ilustrar lo que se ha hecho en la materia. La semana pasada por ejemplo, en el último reporte del Ministerio de Defensa se  dice lo siguiente y cito:

 

 “ El precio ha subido desde enero de 2007 a diciembre del 2008 que es la última medición 104.5%” es decir, de 97.6 dólares el gramo de cocaína a 199.6 dólares; la pureza bajó del 67 al 44%; pero la lucha contra la droga se ve desde la perspectiva de la eliminación, pero no desde la perspectiva de la contención que es un asunto también bastante relevante, si uno se pone simplemente a mirar las cifras que tenemos  en los últimos años de la lucha contra la droga, particularmente en nuestro país, nosotros podríamos preguntarnos por ejemplo qué es lo que ha pasado en el último tiempo o qué habría pasado en el último tiempo si nosotros no hubiésemos desplegado una estrategia y una lucha contra la droga con todos los instrumentos que tiene a disposición del Estado Colombiano.

 

Nosotros tendríamos un 9.% de colombianos que habrían consumido alguna droga, o tendríamos el 20 como hoy; a dónde habrían llegado la doscientos veintinueve mil setecientas hectáreas de cultivos ilícitos por ejemplo, que se erradicaron en el año 2008?; acaso esos cultivos que se erradicaron,  la financiación que proviene de ellos no habría precisamente ido a engrosar las arcas, los patrimonios y las estrategias terroristas de quienes usan luego este dinero para orientarlo en el terror en contra de los colombianos? Que habría pasado con los más de setecientos kilos de heroína que se incautaron el año pasado o las doscientas cincuenta y siete mil novecientas trece toneladas de marihuana que se incautaron en el mismo periodo? Para qué estarían sirviendo hoy las diecinueve pistas que solamente en el año 2008, fueron bombardeas y terminadas y que antes se orientaban hacia la exportación de droga?.

 

Cuál sería el escenario de hoy, si desistiésemos de esa opción? Qué habría pasado por ejemplo en Arauca sin la implementación dos del Plan Colombia, a partir de la derogada zona de rehabilitación en donde logramos una reducción de hechos violentos del 79%? Qué habría pasado por ejemplo en materia de consumo, que es un asunto que el Viceministro le voy a rogar el favor que luego exponga ante la comisión esos importantes hechos, pero tal vez ustedes por qué no piensan que habría pasado en un escenario de no prohibición, en donde hoy por ejemplo, en Colombia se ha aumentado en casi 3 puntos porcentuales el consumo entre la población colombiana.

 

Qué sería hoy, con estas alarmantes cifras, si nosotros no combatiéramos el delito de manera integral, si por ejemplo el 48% de los colombianos creen que es fácil conseguir droga y el 28% cree que es fácil conseguir cocaína y el 20% que es fácil conseguir éxtasis; la lucha contra la droga por supuesto es una lucha difícil, es una lucha que por supuesto no la hemos ganado, pero se ha convertido en una estrategia de contención, es una estrategia delincuencia que acaba con la población colombiana y además genera los recursos necesarios para financiar una estrategia terrorista y delincuencial.

 

La lucha contra la droga sin duda no es coherente, si nosotros en los foros internacionales la corresponsabilidad de los Estados consumidores, pero no nos damos cuenta que precisamente en nuestro país hace el tránsito de un país productor a un país productor y consumidor también.

 

Y el debate externo ya  lo mencionaba, no existe posibilidad de abogar por la legalización y en un escenario de esa naturaleza abogar por la legalización desde nuestro país que tiene las dificultades que todos conocemos, que ha padecido una lucha de décadas en la materia pues no solamente no sería coherente desde la perspectiva política. No sería contundente desde el punto de vista de nuestra lucha sino que tampoco tendría presentación internacional que Colombia como proveedor de la gran cantidad de droga que llega al mundo, estuviese pensando y planteando en foros internacionales el tema de la legalización de la droga. Ese es el primer tema, pero hay otros.

 

El segundo, es el tema de la seguridad. Aquí no se puede olvidar los cientos de soldados, los miles de soldados que han muerto desafortunadamente, por cuenta de combatir el narcotráfico; al legalizar y al permitir que el consumo y el porte de dosis personal, sea legalizado, no esté penalizado, no esté sancionado, no se quiera se convierta en un elemento de atención por parte del Estado, no solamente estamos desmotivando la fuerza pública que combate a guerrilla y a paramilitares,  quienes controlan el negocio; sino que estamos haciendo impune la muerte de estas personas que han combatido el narcotráfico o es que acaso solamente la droga que se vende en Estados Unidos, provee los recursos necesarios para financiar el terrorismo.

 

El consumo interno también sin duda, es una dificultad grande en la materia; pero no solamente guerrilla y paramilitares y bandas emergentes, en seguridad urbana el tema de la droga se ha convertido básicamente o casi particularmente, en el elemento detonante y más intenso en materia de dificultades para controlar la seguridad urbana; en el caso de Bogotá, que es el caso que yo conozco en particular, existen alrededor de mil hoyas que desafortunadamente distribuyen y comercializan droga en nuestra ciudad, y ante esta difícil situación de comercialización al menudeo que es la estrategia de los narcotraficantes de nuestros días o de estos días más bien, no hay ningún instrumento legal que le permita a la autoridad combatir, perseguir y desarticular estas bandas.

 

Desafortunadamente por cuenta de la dosis personal, los comercializadores de droga se han amparado en ella para distribuirla; se han amparado en ella para lograr transitar con ella sin dificultad alguna dentro de la fuerza pública y poder distribuirla, comercializarla, venderla e inclusive también regalarla; regalarla con un propósito evidente y es el de aumentar la demanda luego de convertir en adictos a las personas a las que particularmente se las regalaran, en colegios y universidades. Pero no solamente la droga se convierte en un elemento delincuencial alrededor de sí misma, sino que la droga a través de estas hoyas, de sus distribuidores, de sus comercializadores se ha convertido en el motor de los demás bandas delincuenciales y demás redes delincuenciales que operan en las ciudades; por supuesto para proteger el negocio de la droga, operan bandas que aportan y usan el porte ilegal de armas, que tienen un negocio alrededor del tema sobre la base de las armas ilegales.

 

Alrededor del uso y el porte y el consumo y la comercialización de droga, por supuesto se nutre también el contrabando, el tráfico de autopartes, la droga no se presenta, ni la comercialización de droga se presenta en estado puro; sino se asocia con toda clase de delitos adicionales que perjudican también la seguridad urbana.

 

Luego el tema de la lucha global contra la droga, luego en asuntos que tienen que ver con seguridad urbana, desafortunadamente el consumo social de la droga o el consumo perdón, a través de dosis personal de droga se convierte en una herramienta de gran dificultad y el término del debate y para esto quisiera yo llegar al tercer punto, se ha planteado simplemente como un asunto de libre personalidad no solo desde el punto de vista jurídico, sino se ha excluido la dimensión social y real de los ciudadanos colombianos.

 

Aquí para la gran cantidad de columnistas que hemos visto hablar a favor de la dosis personal de droga, lo que se busca es precisamente garantizarles el derecho a cierto tipo de nivel social a consumir una sustancia en actos sociales y ocasionales, pero esas personas por supuesto no hacen parte de quienes van y recorren las localidades, los barrios y las ciudades principales e intermedias y pequeñas de nuestra ciudad; ellos no se dan cuenta que desafortunadamente a través del negocio de la comercialización de la droga, se están acabando también las posibilidades de cientos de miles de familias en nuestro país, a tener calidad de vida.

 

De esas mil hoyas que están en la ciudad de Bogotá, muchas tienen precisamente lugar en aquellos lugares donde coinciden con colegios, con parques, etc; para una persona de estratos populares y medios, que tiene dificultades por ejemplo para estar padre y madre o alguno de ellos en el hogar con sus hijos, las dificultades son obvias cuando se encuentran que al frente de su casa están vendiendo droga, las dificultades son obvias cuando se encuentran que en su colegio están distribuyendo droga y no hay ninguna herramienta precisamente para controlar este tema.

 

El debate no solamente se ha hecho, sobre la base reitero del libre desarrollo de la personalidad, sino que se ha hecho sobre la base del libre desarrollo de la personalidad, de la élite que no vive las circunstancias por las que atraviesa la mayoría de la población de nuestro país. Aquí sin duda hay un debate que se ha opuesto entre la opinión pública y la opinión publicada mayoritariamente está en contra de la sanción de la dosis personal; pero la opinión pública que padece los efectos precisamente de la legalización de la droga en las calles, que ve con dificultad cómo la policía no puede intervenir, es una opinión que respalda algún tipo de acción y de actividad del Estado para combatir este tipo de flagelo por el que atravesamos.

 

Y esto evidentemente se ha convertido el tema de la dosis personal, en un elemento de abuso del derecho, porque el abuso del derecho es lo que hoy ha hecho que precisamente los delincuentes distribuyan droga a través de la dosis personal; cómo hace por ejemplo un policía de cualquiera de nuestras ciudades, para identificar si una persona que tiene un gramaje establecido como dosis personal, es un consumidor o vendedor de droga. Es absolutamente imposible para la autoridad diferenciar estas dos circunstancias y por esa sola vía las redes delincuenciales que se modifican, se adecuan al esfuerzo institucional, al esfuerzo normativo que se hace, se han convertido por supuesto en personas que hábilmente ejercitan su derecho al libre desarrollo de la personalidad, a través precisamente de la comercialización de la droga a través de la dosis personal.

 

Siéntense ustedes, con fiscales y con policía, miren las dificultades interinstitucionales que existen para combatir este fenómeno, las dificultades que no han podido resolverse para combatir precisamente a quien pervierte menores a través de la dosis personal, que ya está penalizado por supuesto, a quien vende la droga a través de la dosis personal que ya está por supuesto penalizado pero que materialmente y en la práctica, es un imposible.

 

Nosotros también creemos que ha sido equívoco el escenario que se ha planteado internacionalmente, al decir que es que el mundo ya lo decía yo en los foros internacionales, ya lo decía en el caso de Estados Unidos, tiene progresivamente una tendencia a despenalizar o regularizar; cuando nosotros analizamos lo que ha pasado en la historia sobre este tema, nos encontramos precisamente con todo lo contrario, países como Inglaterra, Suiza, Estados Unidos y Suecia, han pasado precisamente de una propuesta progresista entre comillas, en los años sesenta y en los años ochenta a una propuesta regularizadora nuevamente; que no necesariamente involucra el tema de meter gente a la cárcel, pero que establece sin duda algún tipo de control o de atención por parte del Estado para combatir este fenómeno. El caso de los Tribunales, el caso de las sanciones pedagógicas, como las que establece por ejemplo el Alcalde de Bogotá en su famoso Decreto 411.         

 

Por estas razones básicamente nosotros, por el impacto social que tiene el tema de la dosis personal en las calles de nuestras ciudades, por el tema de la política global antidroga que lo que implica es a mejorar lo que tenemos y a aumentar los controles, la persecución a los delincuentes; por esa tarea que tenemos que emprender todos para garantizar la seguridad precisamente de nuestras ciudades, que hoy en día además están entre dicho, además reitero y valga la redundancia, precisamente por cuenta de la financiación de la droga, por cuenta del esguince precisamente que hacen los delincuentes comercializadores para apoderarse de los negocios; por cuenta precisamente de la información de aumento de consumo que le voy a pedir al señor Viceministro que ahora presente, porque es básicamente deplorable lo que ha sucedido en estos últimos años en relación con el tema.

 

Nosotros hemos acompañando esta propuesta del Gobierno Nacional, no para penalizar y meter gente a la cárcel como se ha dicho públicamente, sino para garantizar el derecho que tienen los ciudadanos a un tratamiento digno, a un tratamiento digno que nosotros creemos que es responsabilidad del Estado, a un tratamiento digno que creemos que en algunas oportunidades ha eludido desde todos sus niveles territoriales; desde el Gobierno Nacional, desde los Gobiernos departamentales y locales y desde por supuesto quienes operan la salud en nuestro país, quienes se han quedado cortos en los temas de prevención y de promoción.

 

Este no es un debate en el que uno deba contraponer precisamente, un enfoque preventivo con uno represivo; aquí lo que hay es un esfuerzo para hacer una política integral, una política integral que nos permita combatir las redes delincuenciales, un esfuerzo integral que nos permita evitar precisamente los recursos y la financiación que provienen de esta y que atenta precisamente a través del terrorismo, con todos los ciudadanos y es una política que busca tal vez lo más importante contribuir para mejorar este asunto en relación con el individuo.

 

Aquí lo que hay es una política precisamente preventiva y propositiva desde el ámbito de la salud pública, a quienes creen y abogan por una propuesta en donde dice que esto que se ha planteado aquí, lo que hace es meter a la cárcel a la gente mientras que lo que se debe hacer, es precisamente desarrollar una estrategia pedagógica de prevención; habrá necesariamente que leerles cuál es el texto precisamente que estamos discutiendo en el día de hoy; dice lo siguiente, dentro del artículo 49 que ya hemos mencionado.    

 

“El porte y consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, está prohibido con fines preventivos y rehabilitadores, la ley establecerá las medidas pedagógicas, profilácticas o terapéuticas para quienes consuman dichas sustancias”; es decir, que la materialización del derecho al adicto, no se configura por el derecho que él tiene para financiar y subsidiar organizaciones delincuenciales, sino para solicitar por parte del Estado, una serie de acciones que eliminen las dificultades por las que atraviesa.

 

Y como estamos de acuerdo todos, creo que en eso no hay discusión, ni disparidad que el Estado debe hacer mucho más, debe comprometerse más, debe garantizar más recursos, debe hacer más política de salud pública en relación con este tema, se añade también un segundo inciso en el artículo de la referencia que dice lo siguiente:

 

“ Así mismo el Estado dedicará especial atención, al enfermo dependiente o adicto y a su familia para fortalecerla en valores y principios que contribuyan a prevenir, comportamientos que afecten el cuidado integral de la salud de las personas y por siguiente de la comunidad y desarrollará en forma permanente, campañas de prevención contra el consumo de drogas o sustancias estupefacientes y en favor de la recuperación de los adictos”.

 

Es decir, que si uno de manera concreto, si uno de manera responsable estudia lo que nosotros hemos incorporado acompañando la propuesta inicial de Gobierno, eliminando el tema de los tribunales que estaba incorporado dentro de la propuesta de proyecto de acto legislativo; creo que satisface varios elementos para el debate y para darle una respuesta a la ciudadanía. El primero de ellos, es que sin duda hace énfasis en salud pública, el enfermo, el adicto a lo que tiene derecho es precisamente a un tratamiento garantizado por parte del Estado.

 

Segundo, le permite a la ley luego introducir algunas medidas para proteger, para prevenir el caso profiláctico, caso pedagógico como lo establece la norma y caso terapéutico, apenas orientado en términos con el inciso anterior, a garantizarle  a la persona enferma, adicta o consumidora la resolución de esta dificultad por la que atraviesa y en tercer lugar, a ser coherentes con una  necesidad de la ciudadanía; en todas las calles de las ciudades que uno alcanza a visitar, el tema de la droga se ha convertido en la pesadilla número uno en materia de seguridad pública, y en la amenaza número uno de la convivencia pacífica, una encuesta respetable la que produce la Cámara de Comercio de Bogotá por ejemplo, establece precisamente que el tema de la droga, el expendio de droga, de comercialización de droga, de consumo de droga, todo lo relativo a este fenómeno en pequeñas cantidades en los términos en los que estamos viviendo hoy en nuestra ciudad, es precisamente lo que genera el mayor incentivo a la percepción de inseguridad en la ciudad.

 

Luego yo invito precisamente a mis colegas de todos los Partidos, a quienes se han opuesto y con quien hemos compartido foros de diverso naturaleza, defendiendo una u otra iniciativa; a que acompañemos esta propuesta, que no es una propuesta represiva como ha querido ser planteada; es una propuesta propositiva que busca fijarse reitero en la atención del enfermo y que busca darle herramientas al Estado, para combatir el fenómeno del consumo de droga, que por último quisiera que el señor Viceministro, nos ilustrara con una encuesta reciente, tal vez la más grande que se  ha desarrollado en América Latina.

 

Y por no querer cansarlos y por el respeto que le tengo a todos y por no aburrirlos con una serie de argumentos, quisiera simplemente mencionar que si alguno de los ponentes tiene algo que añadir sobre la materia, o le podemos dar paso al señor Viceministro para que exponga, porque nadie como él conoce precisamente los resultados que ayudó a construir sobre la base de términos de referencia y encuestas, etc, los resultados precisamente de esta encuesta de consumo.

 

Luego el tema del libre desarrollo de la personalidad, por supuesto es un elemento, pero no es el único que se debe traer a colación en este debate, está el tema de la política global contra la droga, de seguridad nacional, de seguridad urbana, de dificultades por las que atraviesan los ciudadanos, de coherencia política, de impacto social, de legislación exterior, de pertinencia con la política pública en el exterior en nuestro país y por supuesto uno de los argumentos más contundentes que vamos a conocer en este momento apenas el Viceministro, comparta con nosotros los resultados de esta encuesta, es de qué manera Colombia no es un país simplemente productor, sino que es un país desafortunadamente consumidor y en ese escenario tenemos que tomar todas las medidas que estén a nuestro alcance para revertir esa tendencia y para no equivocarnos en relación con el debate que debemos, al interior, y al exterior en relación con la política antidrogas.

 

Muchas gracias señora Presidenta, y quisiera que se considerara esta intervención del señor Viceministro, como parte integral también de la presentación de la ponencia que compartimos evidentemente por obvias razones.

 

 

 

 

--La presidencia concede el uso de la palabra al H.R. River Franklin Legro Segura.

 

SECRETARIO: Sí Presidenta, le informaba que en la secretaría fue radicada una proposición sustitutiva, del siguiente tenor.

 

Proposición sustitutiva.  Archívese el proyecto de acto legislativo No.285/09 Cámara “ Por el cual se reforma el artículo 49 de la Constitución Política”.

 

Está suscrito por los Honorables Representantes Carlos Arturo Piedrahita, Jaime Durán, Zamir Silva, Jorge Homero Giraldo, Guillermo Rivera, Franklin Legro, Germán Navas y el doctor Carlos Arturo Galvez.

 

Presidenta, en ese orden de ideas la primera proposición que toca, corresponde votar es la sustitutiva, como han solicitado votación nominal.

 

PRESIDENTA: Para votación de la proposición sustitutiva, votando sí se archiva el proyecto, votando no se niega la proposición.

 

SECRETARIO:

 

ARBOLEDA PALACIO OSCAR                                                                    NO

AVILA DURAN CARLOS ENRIQUE                                                         NO                        

BARRERAS MONTEALEGRE ROY LEONARDO                   SI

CARVAJAL CEBALLOS JOSE TAYRON                                  NO

CORDOBA SUAREZ JUAN DE JESÚS                                                       NO

DELAPEÑA MARQUEZ FERNANDO                                                        NO                        

DURAN BARRERA JAIME ENRIQUE                                                     

GALVEZ MEJIA CARLOS ARTURO                                                          SI

GIRALDO JORGE HOMERO                                                                         SI

GOMEZ ROMAN EDGAR ALFONSO                                                (excusa)    

GUERRA DE LA ROSA ORLANDO ANIBAL                                           NO

LEGRO SEGURA RIVER FRANKLIN                                                        SI

LUNA SANCHEZ DAVID                                                                                              SI

MANTILLA SERRANO JORGE HUMBERTO                                          NO

MARTINEZ ROSALES ROSMERY                                                             

MOTA Y MORAD KARIME                                                                          NO

MOTOA SOLARTE CARLOS FERNANDO                                                               

NAVAS TALERO CARLOS GERMAN                                                       

OLANO BECERRA GERMAN ALONSO                                    

PACHECO CAMARGO TARQUINO                                                           

PAREDES AGUIRRE MYRIAM ALICIA                                                 NO

PEDRAZA ORTEGA TELESFORO                                                               SI

PEREIRA CABALLERO PEDRITO TOMAS                                             NO

PIEDRAHITA CARDENAS CARLOS ARTURO                      SI

PINILLOS ABOZAGLO CLARA ISABEL                                                 

PUENTES DIAZ GUSTAVO HERNAN                                                      NO

RIVERA FLOREZ GUILLERMO ABEL                                                     SI

SANABRIA ASTUDILLO HERIBERTO                                                     NO

SANCHEZ MONTES DE OCA ODIN                                                            NO

SILVA AMIN ZAMIR EDUARDO                                                                              SI

SOTO JARAMILLO CARLOS ENRIQUE                                   NO

URIBE RUEDA NICOLAS                                                                                              NO

VARON COTRINO GERMAN                                                                      

VELEZ MESA WILLIAM                                                                                               NO

VIANA GUERRERO GERMAN NESTOR                                  NO

 

Se cierra la votación, Presidenta.

 

El resultado por el no diecisiete (17) Honorables Representantes, por el sí nueve (9) Honorables Representantes; en consecuencia la proposición sustitutiva leída, ha sido negada.

 

PRESIDENTA: En consideración la proposición con que termina el informe de la ponencia, anuncio que va a cerrarse, queda cerrado aprueba la comisión?.

 

SECRETARIO: Ha sido aprobado Presidenta, la proposición con que termina, con el voto negativo de los Honorables Representantes, Barreras Montealegre Roy Leonardo, Galvez Mejía Carlos Arturo, Giraldo Jorge Homero, Legro Segura River Franklin, Luna Sánchez David, Pedraza Ortega Telésforo, Piedrahita Cárdenas Carlos Arturo, Rivera Florez Guillermo Abel, Silva Amín Zamir Eduardo.

 

Ha sido aprobada la proposición con que termina el informe de ponencia.

 

 

 

 

 

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PRESIDENTA: Señor Secretario, sírvase verificar la votación por favor.

 

SECRETARIO: Presidenta, vamos a proceder a votar el artículo 1º. Los que estén por el sí del proyecto de acto legislativo Honorables Representantes ponerse de pie.

 

Diecisiete (17) Honorables Representantes por el sí.

 

Honorables Representantes que estén por el no, por favor ponerse de pie.

 

Uno (1) Honorable Representante por el no.

 

En consecuencia ha sido aprobado el artículo 1º, Presidenta.

 

Artículo 2º.

 

La presidencia concede el uso de la palabra al H.R. Roy Leonardo Barreras Montealegre.

 

Gracias Presidenta. Solamente para hacer una constancia para la Plenaria, pero me parece importante que reflexionemos sobre esto doctor Nicolás.

 

Acaba de aprobar la comisión una reforma constitucional que dice, textualmente que se prohíbe en Colombia el porte y consumo de sustancias sicotrópicas; hemos prohibido el consumo de alcohol, de tabaco, de café entre otras cosas, con rango constitucional.

 

Bastantes enemigos la industria tabacalera y la industria del alcohol,  las licoreras; cualquier colombiano con una tutela hoy puede cerrar la industria licorera y la industria tabacalera colombiana; eso es lo que hemos aprobado y es un error, de manera que creo que hay que revisarlo en la Plenaria. Gracias.

 

SECRETARIO:

 

Artículo 2º. El presente acto legislativo rige a partir de su promulgación.

 

PRESIDENTA: En consideración el artículo 2º, anuncio que va a cerrarse, queda cerrado, aprueba la comisión?.

 

SECRETARIO: Ha sido aprobado con el voto negativo del doctor Franklin y del doctor Roy Barreras.

 

Título Presidenta. “Por el cual se reforma el artículo 49 de la Constitución Política”.

 

Ha sido leído el título, Presidenta.

 

PRESIDENTA: En consideración el título, anuncio que va a cerrarse, queda cerrado, aprueba la comisión?.

 

SECRETARIO: Ha sido aprobado el título Presidenta, con el voto negativo del doctor Franklin y del doctor Roy Barreras.

 

PRESIDENTA: Quiere la comisión que pase a segundo debate en la Plenaria de Cámara, este proyecto?.

 

SECRETARIO: Sí lo quiere, Presidenta.

 

PRESIDENTA: Se designan como ponentes los mismos y se adiciona al Representante Franklin Legro.

 

La presidencia concede el uso de la palabra al H.R. Nicolás Uribe Rueda.

 

Una simple constancia para claridad. La Convención de Viena, sobre el tema de la droga ha definido ya que los términos que incorporamos dentro del proyecto de acto legislativo, son aquellos términos adecuados sobre los cuales existe (...)

 

Cassette No.10. Continúa con el uso de la palabra el H.R. Nicolás Uribe Rueda (…)

 

Consenso de exactamente a lo que están haciendo referencia. Muchas gracias, Presidenta.

 

La presidencia concede el uso de la palabra al H.R. Carlos Enrique Soto Jaramillo.

 

Presidenta. Para solicitarle respetuosamente a la Mesa Directiva, que programe la audiencia pública para el lleno de todos los requisitos correspondientes sobre este acto legislativo. Gracias.

 

PRESIDENTA: Representante Soto, una vez la soliciten se programa ya para Plenaria o para Senado, no la han solicitado.

 

Secretario, por favor anuncie los proyectos para la próxima sesión.

 

SECRETARIA – Dra. Amparo Yaneth Calderón Perdomo: Sí Presidenta, se anuncia para discusión y votación de la próxima sesión de la comisión, los  proyectos de ley y acto legislativo:

 

 

►Proyecto de Acto Legislativo No.268/09 Cámara

 

►Proyecto de Ley No.059/08 Cámara

 

►Proyecto de Ley Estatutaria No.066 /08 Cámara

 

►Proyecto de Ley Estatutaria No.043 /08 Cámara

 

►Proyecto de Ley No.331/08 Cámara – 240/08 Senado

 

►Proyecto de Ley No.117/08 Cámara

 

►Proyecto de Ley No.009/08 Cámara, acumulado 48/08 Senado

 

►Proyecto de Ley No.080/08 Cámara

 

►Proyecto de Ley No.118/08 Cámara

 

►Proyecto de Ley No.119/08 Cámara

 

►Proyecto de Ley No.113/08 Cámara

 

 

Han sido anunciados para discusión y votación de la próxima sesión, los proyectos por usted solicitados, señora Presidenta.

 

PRESIDENTA: Siendo las 3:31 p.m. se levanta la sesión y se cita para mañana a las 10:00 de la mañana.

 

SECRETARIO – Dr. Emiliano Rivera Bravo: Se ha citado para mañana a las 10:00 a.m., se ha levantado la sesión las 3.31 p.m.

 

 

 

 

 

 

        KARIME MOTA Y MORAD                          JUAN DE JESUS CORDOBASUAREZ

                   Presidenta                                                   Vicepresidente

 

 

 

 

 

 

 

EMILIANO RIVERA BRAVO                              AMPARO YANETH CALDERON PERDOMO

                  Secretario                                                                             Subsecretaria