Tomado de web.usbmed.edu.co

 

Aproximación a una nueva Política Nacional de Drogas.

 

Víctor Hugo Cano Bedoya

Psicólogo USB, Operador CIAF

Universidad de San Buenaventura, Medellín (USB), Operador Centro de  Investigación y Atención al Farmacodependiente (CIAF)

2007

 

“Lo de la droga es a la vez dos cosas: un  negocio,

el mejor del mundo, y una cruzada, la más moral

del mundo. Pero el negocio sólo es bueno porque

existe la cruzada, si no hubiera cruzada el negocio

se derrumbaría”.  Antonio Caballero

Resumen:

 

Los objetivos del presente artículo son:

 

A.     El de realizar una aproximación a la política nacional que se ha desarrollado hasta el momento y que se refiere al consumo de sustancias psicoactivas y el tráfico de las mismas.

 

B.     El proponer lineamientos hacia futuro que sirvan de base para un Plan Nacional Integral una nueva política en relación a las sustancias psicoactivas. 

 

Para lograr los objetivos propuestos, se hace una revisión de los siguientes aspectos:

 

1.      Breve reseña histórica de las SPA y de la Política Nacional de Drogas.

 

2.      La Ley 30 de 1986 y algunas propuestas de reforma a la misma, presentadas por la Dirección Nacional de Estupefacientes. (DNE).

 

3.      Aspectos críticos de la sentencia C-221  de 1994. (Trata acerca de la legalización de la dosis de consumo personal).

 

4.      Aspectos del Plan Nacional de Desarrollo 2002 - 2006,  relacionados con el asunto de las sustancias psicoactivas, presentados por la Presidencia de la República.

 

5.      Ideas para el abordaje de la prevención de la oferta de drogas. (DNE).

 

6.      Aspectos generales de la Política Nacional de Reducción de la demanda de Sustancias Psicoactivas. (Ministerio de Protección Social).

 

7.      Aspectos políticos internacionales. (Declaraciones de la Organización de las Naciones Unidas, ONU) y comentarios en relación sobre que se hace en nuestro país al respecto.

 

Posteriormente, al hacer una síntesis de los diversos aspectos analizados se llega a una conclusión, de que Colombia al no ser sólo un país productor de sustancias siendo además un país consumidor de las mismas, debe apuntar a una Política Nacional de Prevención e Intervención Integral, tanto para la oferta como para la demanda de drogas.

Esta nueva Política Nacional va más allá de las medidas policivas (fumigación de cultivos, capturas, pago de recompensas, etc) y de carácter financiero (los procesos de extinción de dominio, incautaciones, etc).

 

1.  Breve reseña histórica de las SPA y de la  Política Nacional de Drogas.

 

 

Es hora de que comprendamos la libertad individual,

  como algo esencialmente ligado a la responsabilidad.

 quien pretenda ser libre sin asumir responsabilidad

por sus actos, no sabe lo que dice.

 

Antonio Escohotado

 

Este recorrido, pretende hace una aproximación a la preocupación o interés oficial en relación al consumo y tráfico de sustancias psicoactivas, tomando como base las Políticas de Estado que se han ido formulando a través del tiempo.

 

Pero antes de ello es importante hacer una mirada breve a lo que se podría llamar la historia de las drogas en Colombia, para esto se hará una mirada general al consumo de algunas sustancias (coca, tabaco, chicha y yagé) para posteriormente realizar el "puente" hacia las Políticas de Estado.

 

Quizá el primer testimonio escrito que se conoce respecto al consumo de SPA en América es narrado por Cristóbal Colón, quien en 1493 hace referencia a los curanderos de la isla La Española, quienes aspiraban por la nariz un polvo al que llamaban cohoba (una marca famosa de habanos finos es Cohiba, de aquel viejo polvo viene su nombre), que les producía visiones, podían diagnosticar enfermedades y adivinar sucesos futuros. Américo Vespucio en 1499, cuando estuvo en la Península de La Guajira,  vio a unos nativos con sus bocas llenas de una yerba verde y de una harina blanca. (Pérez, 1988).

 

Con respecto al origen de la coca, por ejemplo, los autores coinciden en que su uso es muy anterior a la época colonial, y que en los diversos hallazgos de artesanías, orfebrería, escultura y sepulcros, ofrecen testimonio del uso de sustancias psicoactivas, con objetos tales como: morteros, pipas, cucharitas y poporos. Por ejemplo en la cultura desarrollada en San Agustín, es frecuente encontrar esculturas con abultamientos circulares en las mejillas.

 

Es bastante claro, que antes del llamado descubrimiento, los nativos ya consumían coca, tabaco, chicha, yagé, entre otras sustancias, a estas se les asignaba un valor mítico y ritual. Antes de la llegada de los españoles, el uso de estos productos no constituía un problema social, ya que se restringía el uso a ocasiones especiales y por su forma de ingestión (por vía oral).

 

Con la época de la Colonia, el uso de la coca sufre cambios debido a que se ve a este planta como: producto comercial que se puede negociar en forma segura y rentable, la mano de obra que bajo su efecto se cansa menos y necesita comer menos y parte de la coca era utilizada por  el patrón español para pagar la mano de obra indígena.  

 

Siendo presionado por la Iglesia en 1569, el Rey Felipe II, publicó una ley contra el narcotráfico, castigando severamente a los españoles que obligaban a los indios a trabajar en cultivos de coca, ya que por esto se estaban descuidando las minas. Pero este llamado grupo de coqueros, eran personas influyentes y debido al gran número de personas inmersas en la actividad, se crearon problemas sociales graves, lo que obligó al monarca en 1573 a regular más no prohibir, la siembra y venta de la coca. (Pérez, 1988).

 

Es de tener en cuenta que tradicionalmente se elaboraba la chicha, pero esta era hecha para situaciones específicas, con un carácter de sustancia mítica y divina y se tomaba con poco tiempo de fermentación y por lo tanto con un bajo contenido de alcohol.

 

Cuando el consumidor de esta (el indígena) sale de su contexto natural, se le forza a trabajar para otro, no para su comunidad, el triángulo sujeto, medio ambiente y sustancia, sufre un cambio y por ende cambia el uso de la bebida en este caso, al pasar a consumirla con mucho tiempo de fermentación y en cualquier ocasión. Pero también ejerce un peso importante que los venidos del Viejo mundo, encontraron en la chicha un medio de obtener dinero, comenzando el tráfico y montando establecimientos para su venta.

 

Pero no solo la población indígena presentaba problemas que se podrían considerar como de abuso de sustancia, también los conquistadores que tenían sus propias chicherías, en medio de la noche y la clandestinidad, criticaban a la Corona y se llegaba a las peleas y a las orgías. (Pérez, 1988)

 

Posteriormente, en la época de la República, se dictaron los decretos de tipo policial, que no pretendían suprimir la producción, venta y consumo de chicha, trataban de impedir que por su consumo se originaran desordenes públicos y los decretos expedidos por el propio Simón Bolívar, para evitar que en la población de Sogamoso, la División Valdés, siguiera perdiendo hombres que se creía morían a consecuencia del consumo de chicha.

 

Las poblaciones indígenas consideran sagrado al tabaco. En los rituales mágicos, los chamanes la fumaban incesantemente,  se tragaban el humo, para cumplir la promesa primordial a los dioses, para comunicarse con el otro mundo, para fines curativos o para herir al enemigo si se fumaba al revés. 

 

Pero en 1744 la Corona española, al ver el beneficio económico que implica el comercio de este producto, estableció el monopolio de la planta a través de real cédula, imponiendo un rígido control sobre los lugares donde se cultivara y sobre el número de matas por plantación, esto dio lugar al descontento y al tráfico ilegal de tabaco, que a finales de la colonia representaba la tercera parte del consumo total (Arango y Child, 1984).

 

Como respuesta al tráfico, la Corona Española inició una política represiva, quemando plantaciones, expropiando bienes y encarcelando indígenas y campesinos, (aún estas acciones se llevan a cabo en el asunto de las SPA). En 1781, después de soportar el abuso de la autoridad y los altos impuestos a las ventas, en la población de Socorro, (Santander), estallo la conocida Revolución de Los Comuneros. (Pérez, 1988).

 

Los chibchas consumían también el yopo y la espocolamina. La primera la usaban los chamanes para entrar en éxtasis adivinatorios y la segunda para dormir a las personas que debían ser enterradas vivas junto al cacique muerto.

 

Los desana tukana, indígenas del Amazonas,  adoraban a la enredadera de las almas: el yagé. Esta planta era distribuida por el jefe en vasijas de barro que simbolizan el vientre materno y los procesos de gestación, solo los varones de la tribu la consumían.

 

Estas tres sustancias, no sufrieron un cambio en su significado a raíz de la llegada de los españoles, quizá debido a que eran alucinógenos y no estimulantes o desinhibidores, que aumentaban la resistencia y la capacidad de trabajo y que embrutecían al indígena, facilitando su explotación.

 

En resumen, el consumo por parte de los antepasados nativos, de sustancias o plantas sagradas, por ejemplo: la coca, la chicha, el tabaco, el yagé y demás, cumple funciones como: aprender a pensar, recitar narraciones sagradas, cantar y bailar en honor de la madre universal. El consumo no es un fin en si mismo, el consumo es un medio para transformar la realidad y crear la leyenda que alimentará por siempre la existencia.

 

El consumo como tal no era un problema, pero una vez se le arranca de su sentido trascendental, mítico y espiritual, se convirtió en un fin y en un objeto o producto más de la economía. 

 

Más adelante en el tiempo, a comienzos del siglo XX, las chicherías eran algo típico, eran lugar de encuentro, no solo para beber, eran sitios para disfrutar comidas caseras, conversar sobre temas científicos o de política y escuchar los poemas y las canciones del momento. Eran considerados como uno de los negocios más rentables de la época y pertenecían a comunidades religiosas y familias importantes. (Arango y Child, 1984). Debido a las campañas de higiene, las chicherías se trasladaron a los sectores obreros y populares, con la idea también de fomentar el consumo de cerveza y de vinos.

 

Haciendo conexión con lo político, en el gobierno del presidente Carlos Eugenio Restrepo, (1910 – 1914), el Estado apoyo a la industria cervecera. Se pretendía que con el consumo de la cerveza, erradicar el hábito ancestral de ingerir chicha o “peligro amarillo” como la llamaban algunos en aquel entonces, por los estragos que producía en el cuerpo y la mente.

 

Según los datos estadísticos de 1913, mientras las cervecerías Bavaria y Germania producían, entre ambas, 5.000 litros diarios, las chicherías elaboraban 35.000 litros diarios. (Borja, 2002)

 

Teniendo en cuenta este hecho de la historia nacional y como incluso aún hoy se repite, con el gran dominio de las empresas licoreras y cerveceras, en la vida nacional, al respecto el experto Antonio Escohotado, da su opinión al respecto:

 

"Sin embargo el apocalipsis lo decretamos nosotros mismos, al prohibir ciertos tipos de ebriedad mientras fomentábamos otros, consciente o inconscientemente. Si decidimos que ciertas formas de ebriedad son malignas y luego cuando las leyes se han puesto al servicio de esa pretensión, buscamos pruebas de lo que eran efectivamente, estamos poniendo en marcha un mecanismo de profecía autoincumplida.   Difundidas por la propaganda, y sostenidas por la represión, esas pretensiones se convierten pronto en realidades sociales".

 

Es de anotar, que no se hará alusión a toda la reglamentación que en nuestro país se ha elaborado en relación al tema de los psicoactivos, se hace revisión de algunas leyes, resoluciones y decretos, que se podrían tomar como los principales y además por que con ello se puede establecer una línea de desarrollo de la Política del Estado en relación a las SPA.

 

Desde el punto de vista de las leyes, se encuentra un primer antecedente en el año de 1920 con la Ley 11, hace alusión a la prohibición de importar y vender drogas que acusen hábito pernicioso. Esta ley fue sancionada en el gobierno del presidente Marco Fidel Suarez. Este texto se basa en la resolución hecha en la Conferencia Internacional sobre el Opio, realizada en la Haya (Holanda) en 1912.

 

Con la Ley 118 de 1928, se introduce el concepto de Farmacodependencia y se habla además del uso indebido, lo cual muestra que estos dos conceptos no son tan nuevos como en una primera instancia se podría pensar.

 

En el año de 1935 con la Ley 95, Se insertan en el Código Penal, como conductas punibles las de elaboración y tráfico de narcóticos y la posesión de estos para los mismos fines.

 

Con la Resolución 11 de 1938, se determina que las hojas de coca se venden únicamente en droguerías autorizadas y solamente bajo formula médica.

 

Tomando como base la Convención de Ginebra e 1936, se sanciona después en Colombia la Ley 12 de 1943, en la cual se busca castigar en forma vehemente: la fabricación, transformación, extracción, preparación, posesión, oferta, venta, distribución y compra de sustancias psicoactivas.

 

Se habla de un primer Estatuto Antidrogas con el Decreto 896 de 1946, que posteriormente en 1948, reglamento el consumo y producción de cocaína, chicha y yagé.

Se considera al consumidor como un maleante, con el Decreto 1858 de 1951, además de los que cultiven, elaboren o comercialicen de cualquier manera y serán objeto de penas de 2 a 5 años.

 

Siguiendo como base de seguimiento y de búsqueda, de los aspectos legales, la página Web de la Dirección Nacional de estupefacientes (DNE), desde los años 50 hasta los años 70, no aparecen cambios significativos en la reglamentación de la Política Nacional de Drogas. (Al final del artículo aparece un anexo con la reglamentación destacada en la página Web de la DNE).

 

Se anotan en este periodo, (de 1952 hasta 1969) la Ley 23 de 1962 y la Ley 47 de 1967, las cuales hacen alusión a la reglamentación de la profesión de químico farmacéutico y la creación de la carrera intermedia de Regencia de Farmacia. 

 

Con el Decreto 1345 de 1970, se hace manifiesto el juzgamiento al cual quedan sometidos los adictos a las drogas y los homosexuales, también en este año, con el Decreto 1118 que autorizaba una dosis personal.

 

En octubre de 1973, convirtió en Ley de la República, un proyecto que aumentaba las penas para quien consuma o comercie drogas, se fijan entre uno a diez años de pena. 

 

Es importante mirar algunos hechos ocurridos en las décadas de los 70 y 80, que ejercen influencia en el actual Código Nacional de estupefacientes, estos hechos, se ubicaran, tomando como base los periodos presidenciales, tenemos entre otros asuntos lo siguiente:

 

¨      Durante el cuatrienio de Alfonso López Michelsen, (1974 - 1978)

 

Se habla de un primer Estatuto Nacional de Estupefacientes, con el decreto 1188 del 25 de junio de 1974., creció significativamente, el tráfico de estupefacientes producidos a partir de plantas naturales. Éste alcanzó magnitudes prácticamente incontrolables y desató la llamada “economía clandestina”, en la que se manejaban enormes sumas de dinero provenientes del comercio ilícito de marihuana, primero, y de la cocaína, después, que se incorporaron a la economía legal a través de la llamada “ventanilla siniestra” del Banco de la República. (Borja, 2002)

 

¨      En el Gobierno de Belisario Betancur (1982 - 1986)

 

Durante su visita a Bogotá, en 1982, el presidente republicano de Estados Unidos, Ronald Reagan, manifestó que los únicos temas de interés para su gobierno, en su trato con Colombia, eran el narcotráfico y la extradición. Reagan dijo que estos temas se resumían en un solo principio de acción: "guerra a las drogas".

 

No obstante, y en una clara contradicción, debido a la reforma tributaria de 1983, el Estado colombiano se había abierto a la posibilidad de incorporar legalmente los dineros del narcotráfico a la economía nacional, se combate por un lado y se acepta por otro el asunto del narcotráfico.

 

Así mismo, tanto el Estado como la sociedad colombiana en general, se habían mostrado tolerantes ante la aspiración de los narcotraficantes de integrarse a la sociedad civil, principalmente por medio de la acción política, gracias a lo cual Carlos Lehder Rivas, desde Armenia, dio inicio a su Movimiento Latino Nacional y Pablo Escobar Gaviria, desde Medellín, a su Civismo en Marcha. Este último personaje obtuvo incluso el cargo de suplente en la Cámara de Representantes.

 

Sin embargo, este intento fue posteriormente objeto de repudio, no así la propuesta de frenar el tratado de extradición solicitado por Estados Unidos, principalmente por el temor a que los narcotraficantes se fueran a la guerra contra el Gobierno, en caso de hacerse efectivo.

 

Inconforme con esto, Estados Unidos inició en 1984, a través de su embajador en Colombia, Lewis Tambs, quien se hizo tristemente célebre por haber acuñado los términos "narcodemocracia" y "narcoguerillas", para referirse a la infiltración de los narcotraficantes en el régimen político colombiano y a los vínculos entre guerrilleros y traficantes de drogas, respectivamente, y de la Agencia Antinarcóticos, DEA, su anunciada "guerra a las drogas".

 

El ministro de Justicia, Rodrigo Lara Bonilla, joven dirigente del Nuevo Liberalismo y quién como su fundador, Luis Carlos Galán, era contrario a la aspiración de los narcotraficantes a participar en política y legitimar sus dineros, consideró su deber presionar la extradición y adelantar una campaña nacional en contra de éstos.  Con la ayuda de la DEA, realizó pesquisas en varios frentes que culminaron en el descubrimiento del mayor laboratorio de cocaína que el narcotraficante Pablo Emilio Escobar Gaviria poseía en Caquetá. Se presume que éste, en venganza, puso en funcionamiento su red de sicarios para que asesinaran al ministro, como efectivamente sucedió el 30 de abril de 1984.  (Borja, 2002).

 

Esto llevo a endurecer la política del presidente Belisario Betancur Cuartas, quien inició el proceso de extradición hacia Estados Unidos de varios narcotraficantes solicitados por las autoridades de ese país. Además, la promulgación de la Ley 30 del 31 de enero de 1986, o Estatuto Nacional de Estupefacientes, hizo posible el embargo de los bienes de los narcotraficantes y aumentó las penas y su duración para todos los delitos asociados al tráfico de drogas.

 

Por otro lado, para limitar la oferta de drogas ilícitas, en la cual, según el criterio de Estados Unidos residía el problema, el Plan Nacional de Rehabilitación inició en 1985, en el sur de Cauca, su primer proyecto de sustitución de cultivos de coca.  

 

 

 

 

¨      En el Gobierno de Virgilio Barco (1986 - 1990)

 

Se primaron las acciones represivas de tipo militar, policial y judicial. Se calculaba que los ingresos anuales al país por,  el negocio de la coca estaban entre mil y dos mil millones de dólares, mientras que la renta anual de los narcotraficantes se acercaba a los cuatro mil millones de dólares.

 

Se dio además, la fumigación masiva de las plantaciones de marihuana y la erradicación manual de la hoja de coca. En la guerra contra las drogas, hubo un alza sustancial en los niveles de la ayuda norteamericana: mientras en 1985 los recursos alcanzaron 800 mil dólares, en 1989 llegaron a ser 72 millones de dólares (en el gobierno de George Bush, padre). En esas condiciones, las organizaciones delictivas, entre ellas las de los narcotraficantes, respondieron con una ola de violencia extrema. (Borja, 2002).

 

En el año de 1989, después de haberse declarado en nuestro país, estado de sitio, se viene a sancionar con el Decreto 1041, el tráfico de precursores químicos, que hasta ese año había sido impune.

 

Como una reflexión parcial teniendo en cuenta el desarrollo de la historia, el asunto del problema de las drogas o mejor aún, la llamada guerra a las mismas, es un asunto importado, de los Estados Unidos. Durante varios años, en el país se convivió con el llamado narcotráfico y es de reconocer las llamadas bonanzas que se dieron.  

 

Hoy en día, recogiendo palabras de profesor Escohotado, siendo mejor conocido el fenómeno, parece innecesario recordar por qué se abolió en Estados Unidos la Ley seca, que estaba vigente en lo años 30.  Según el congreso norteamericano, había causado corrupción, injusticia, hipocresía y enormes cantidades de nuevos delincuentes, así como la fundación del crimen organizado, todo ello sin reducir substancialmente el consumo.

 

 

2. La Ley 30 de 1986 y algunas propuestas de reforma a la misma, presentadas por la Dirección Nacional de Estupefacientes. (DNE)

 

 

Con la Ley 30 del 31 de enero de 1986, reglamentada con el Decreto 3788 del 31 de diciembre de 1986, se presenta el actual Estatuto Nacional de Estupefacientes, el cual ha sufrido varias modificaciones desde el momento que fue expedida esta Ley. Entre las modificaciones de las que ha sido objeto, cabe destacar:

 

 

 

 

Actualmente la Dirección Nacional de Estupefacientes, trabaja en una revisión y reforma a la Ley 30 de 1986. Este proceso de cambio esta orientado a los siguientes aspectos:

 

§         Se deberá de contar con un sistema de investigación y evaluación. Una condición necesaria para asumir con coherencia y eficacia la reducción de la demanda, y que es un vacío de la Ley actual, es la necesidad de tener un conocimiento permanente de la forma como se comporta el fenómeno de las drogas a través del tiempo.

 

§         Se debe de tener un concepto de Prevención Integral, que incluya acciones preventivas en oferta y demanda de las drogas. Estas acciones deben de llevarse a cabo antes de la vinculación de las personas a las actividades relacionadas con las SPA y también, durante su permanencia para debilitarlas.  A este respecto se sugiere la revisión y actualización del concepto de prevención que se define como el conjunto de acciones encaminadas a reducir y evitar la dependencia. La idea nueva es reducir el inicio del consumo.

 

§         Se propone como nueva definición en la Ley en cuanto a la prevención la siguiente: Proceso activo de implementación de estrategias tendientes a modificar y mejorar la formación integral y la calidad de vida de los individuos y grupos sociales, fomentando el autocontrol y la resistencia colectiva ante la demanda y oferta de drogas. Establecer como obligatorio en el pensum escolar la inclusión del tema de las drogas en todos los grados y niveles de educación formal y no formal.

 

§         Modificar la definición de droga que aparece en la Ley, que dice: Es toda sustancia que introducida el organismo vivo modifica sus funciones fisiológicas. Se tiene que cualquier alimento modifica las funciones fisiológicas y además esa definición de droga fue la acuñada por la OMS en el año 1969.

 

§         No es dosis personal, el estupefaciente que la persona lleve consigo, cuando tenga como fin su distribución o venta, cualquiera que sea su cantidad. ¿Cómo diferenciar la pequeña cantidad para el uso o la venta? Además, esto ha llevado a que los expendedores callejeros lleven pequeñas cantidades, para poder argumentar que son para su uso propio en caso de que estas sustancias sean encontradas por las diversas autoridades. Si la producción, tráfico y de estas sustancias es prohibido, ¿cómo logran los usuarios obtener su dosis personal?

 

§         La distribución y adquisición de sustancias como pegantes, disolventes y otras sustancias que actualmente son utilizadas por los jóvenes y aun los niños como inhalantes con fines adictivos y los cuales pueden producir daño neurológico, no tienen restricciones y cada vez es mas frecuente su uso.

§         Se presenta incapacidad económica de la familia del consumidor para asumir los costos del tratamiento, que suelen ser elevados y no existen políticas claras en los planes obligatorios de salud. Se propone declarar la Farmacodependencia como enfermedad catastrófica y manejarla con recursos del Fosiga o mediante la constitución de una fiducia con dineros obtenidos de las incautaciones o decomisos estipulados en la Ley. 

 

§         El Ministerio de Protección Social, adelanta una investigación, visitando, entrevistando y solicitando documentación, en los establecimientos públicos y privados destinados a la prevención, tratamiento o rehabilitación de farmacodependientes, ya que en un alto porcentaje se considera que las instituciones no llenan requisitos mínimos para la atención de personas y en muchos casos no tienen criterios claros de tratamiento o rehabilitación y se limitan a repetir experiencias como exadictos.  A modo de comentario, el pasado 13 de julio de 2004, el CIAF tuvo esta visita.

 

Es también de resaltar que el Gobierno nacional a través de la cartera de Protección Social y con el apoyo de la Fundación Psicoactiva, viene adelantando un proceso de construcción de la Política Nacional de Reducción de la demanda de sustancias Psicoactivas, que fue presentada a modo de borrador o de propuesta previa en Medellín, el pasado 14 de julio de 2004.

 

A este evento asistieron varias instituciones de la ciudad, que trabajan el asunto de las SPA y las adicciones. Las instituciones participantes en el evento, realizaron una revisión de este borrador e hicieron propuestas para esta Política Nacional de Reducción de la Demanda. Es de notar, que en este evento participo el CIAF de la Universidad de San Buenaventura y se espera además que para el mes de septiembre del presente año, salga expedido el documento oficial.

 

 

 

 

 

 

3.      Aspectos críticos de la sentencia C-221  de 1994. (Esta sentencia trata acerca de la legalización de la dosis de consumo personal).

 

 

Se propone que esta sentencia, este conectada con una cierta tendencia jurídica en torno a despenalizar el consumo de psicoactivos y apoyar el castigo a los productores de estas sustancias ilegales ubicados en los países tercermundistas, porque ahora se persigue principalmente a las llamadas “sustancias naturales”, como son la cocaína y la heroína que ejercen un papel importante en muchos países como son Colombia, Perú, Bolivia, Afganistán entre muchos otros. Esta persecución no ocurre con la marihuana ya que esta ya fue legalizada en países europeos y en varios estados de la unión norteamericana.

 

Por otro lado, se tiene que la llamada postura peligrosista, esta fuera de la mayoría de los Códigos penales a nivel mundial, sólo podría entonces, condenarse a un drogadicto si este mismo hecho fuera punible, pero resulta considerar a la drogadicción como delito algo abusivo, máxime que cada vez adquiere mayor fuerza la postura de considerarla como una enfermedad o como un síntoma consecuencia de otras problemáticas.

 

Según la sentencia en cuestión, de acuerdo con la Constitución Política, cada individuo es libre de decidir si es o no del caso recuperar su salud, la autodestrucción que acompaña al consumo de estupefacientes es una posibilidad legítima del individuo. Nadie ni nada podrá obligar al sujeto a cuidar su salud y su vida. Si el adicto destruye su salud con su adicción, no puede obligársele jurídicamente a cuidarse dejando del lado el consumo de psicoactivos.

 

Obviamente en la sentencia y en su pensamiento, parece que no tuviera en cuenta, a otras personas aparte del consumidor de sustancias que se pueden ver afectadas por su consumo como su familia y más aún si estas personas dependen económicamente del sujeto con problemas de adicción o se desconoce que existen ocasiones en las que estar bajo los efectos de psicoactivos es de alto riesgo y se pone en peligro vida, honra y bienes de los demás, como al conducir un vehículo.

 

Es de tener en cuenta que hubo fallas en la argumentación de esta ponencia como por ejemplo que la norma que prohíbe y sanciona el consumo no es efectiva, pero eso mismo ocurre con muchas otras leyes o preceptos como el no matar o el no robar el erario público.

 

Quedan muchos interrogantes como estos: ¿Por qué no se declaro inconstitucional la prohibición del consumo mayor a la dosis mínima con los mismos argumentos con los que se declaró inconstitucional la penalización del consumo de la dosis personal?, igualmente cabe hacerse otra pregunta: ¿Cómo es inconstitucional la venta de estupefacientes cuando su consumo en dosis personal ya no está prohibido?

 

Podrá igualmente criticarse a la Corte, el que ella, sin previo debate y con los expertos del caso, sobre el decidir si el legalizar o no era la mejor opción y se crea un contrasentido, una mezcla entre un modelo represivo y otro permisivo sin mas orientación.

 

Es importante, que se lleve a cabo un gran debate nacional en relación a los pros y los contras de la legalización, la regulación o la ilegalización de las SPA en general (tanto las legales como las que no lo son) no sólo en su consumo personal, se debe de incluir además aspectos como la siembra, insumos químicos, producción, transporte y venta.

 

 

4 Aspectos del Plan Nacional de Desarrollo 2002 - 2006, relacionados con el asunto de las sustancias psicoactivas.

 

 

En el capítulo número uno del Plan, aparece un subtítulo que dice: Combate al problema de las drogas ilícitas y al crimen organizado. En un comienzo hace alusión a las hectáreas sembradas con hoja de coca en el país y la distribución de estas por departamentos y  luego se hace una comparación de las hectáreas sembradas frente a las que hay en países como Perú y Bolivia.

 

La mayor presencia de cultivos de coca se concentra en los departamentos de Putumayo (37%), Guaviare (15%), Caquetá (14%), Meta (7%) y Norte de Santander (7%).

 

Entre 1980 a 2001, el área cultivada con coca en el país pasó de 3.500 a 144.807 hectáreas, lo que indica un crecimiento del 25.6% anual. Este aumento vertiginoso coincide con la reducción de esos cultivos en Perú y Bolivia. Colombia en la actualidad produce más del 70% de la hoja y de la cocaína.

 

Según los cálculos de la Dirección Nacional De Planeación,  en términos económicos, la producción de hoja de coca asciende a 327 mil toneladas al año transformables en 634 toneladas de base de coca con un valor aproximado de US$576 millones al año (equivalente a 1.44 billones de pesos en un año, es de tener en cuenta por ejemplo que el presupuesto de Medellín para el período 2004 - 2007 es de 4 billones aproximadamente).  

 

A su vez, esas 634 toneladas de base de coca pueden generar 604.2 toneladas de cocaína con un valor neto del orden de US$1.758 millones (equivalente a 4.39 billones de pesos en un año).

 

Se calcula además, que entre 1991 y 1996, a las FARC les ingresaron por el cobro de impuestos al gramaje a los cultivadores, procesadores y traficantes de coca, amapola y heroína, US$470 millones que representan el 41% de sus ingresos y se considera que los grupos de autodefensa obtienen por este mismo modo un 70% de sus ingresos.

 

El problema de las drogas ilícitas produce efectos nocivos sobre la gobernalidad democrática como resultado de la intensificación de la lucha armada, el deterioro de la economía, el debilitamiento de las instituciones, de las redes de la organización social y de la confianza.

 

La mayor parte del Plan va encaminado en su mayor parte a los aspectos delictivos, represivos y de costos económicos, sólo aparece una página dedicada al tema de la prevención del consumo de drogas.

 

Esta página comienza con la afirmación, de que el consumo de drogas en Colombia viene en aumento y aparecen para corroborarlo una serie de datos estadísticos.

 

El costo asociado con el consumo de drogas, generado por la pérdida de capital humano, pérdida de productividad laboral y escolar, gastos en atención de emergencias y tratamiento, se estima en $750.790 millones de pesos de acuerdo a la Dirección de Justicia y Seguridad del Departamento Nacional de Planeación.

 

La estrategia del Gobierno Nacional para la prevención del consumo de drogas abordará el campo educativo, laboral, familiar y comunitario, con la activa participación de la ciudadanía y las entidades gubernamentales y no gubernamentales que trabajan el tema.

 

Se busca que se fortalezcan las medidas que controlen a los centros o instituciones de atención, tratamiento y rehabilitación integral del consumo de sustancias psicoactivas, tanto públicas como privadas.

 

Fomentar la investigación, la evaluación y los sistemas de información, esenciales en la toma de decisiones y seguimiento de políticas relacionadas con la prevención, tratamiento y rehabilitación.  

 

Continuar con la búsqueda de cooperación internacional, para intercambiar experiencias con otros países en la implementación de políticas frente al consumo.

 

 

5. Ideas para el abordaje de la prevención de la oferta de drogas.

 

 

También desde la Dirección Nacional de Estupefacientes, se proponen una serie de conceptos e ideas en relación al asunto de la prevención de la oferta.

 

Se define de modo general, como prevención integral, al conjunto de procesos y estrategias encaminadas a minimizar las posibilidades de vinculación de los individuos o los grupos sociales a cualquiera de las prácticas relacionadas con las diferentes manifestaciones (producción, tráfico y consumo) del problema de las drogas.

 

La prevención de la oferta o de los cultivos ilícitos, (como la define la DNE) estaría orientada  a controlar su expansión por medio de una pedagogía que ayude a tomar conciencia, por parte de las comunidades, sobre los impactos negativos que estas prácticas tienen sobre conglomerados humanos y ecosistemas vitales.

 

La prevención desde la infraestructura:

 

§         Hace alusión a la construcción de caminos, servicios de transporte, suministro de agua potable, vivienda, entre otros.

§         Se propone el mejoramiento en la calidad de la producción de los productos legales mediante la asesoría técnica e intermediación de créditos favorables.

 

§         Comercialización de la producción a través de cooperativas locales de productores y jornadas que hablan sobre las consecuencias que traen los cultivos ilícitos para la salud y el medio ambiente.

 

§         Programas sociales sobre todo en lo que respecta a la salud y a la educación.

 

§         Participación de la población afectada en el planeamiento y ejecución de lo antes mencionado.

 

§         Conversaciones con cultivadores que estén dispuestos a sustituir la coca, la amapola, etc.

 

Estrategias socioculturales para la prevención:

 

Para ello es necesario focalizar a los grupos poblaciones directamente implicados en el asunto que son:

 

§         Indígenas: para quienes la coca ha sido sagrada y utilizada para el mambeo.

 

§         Colonos tradicionales: agricultores que llegan en busca de tierra.

 

§         Comerciantes: cuentan con finca y negocio en los pueblos.

 

§         Pequeños cultivadores: compran de 1 a 10 hectáreas o las toman en arriendo solo para el cultivo de la hoja.

 

§         Grandes cultivadores: poseen entre 10 y 50 (o mas) hectáreas, viven fuera del territorio y contratan su administración.

 

§         Población flotante: raspadores, cocineros, trabajadores ocasionales para la tumba, siembra y demás.

 

Se proponen como estrategias las siguientes:

 

§         Fortalecimiento y recomposición de las relaciones familiares de amistad y vecindario.

 

§         Impacto de las rupturas en las estructuras de apoyo emocional, familiares y grupales.

 

§         Abordaje desde lo social y territorial de las relaciones con la propiedad y la tierra.

 

§         Reconstrucción de los conceptos de legalidad versus replanteamiento de la internalización de la ilegalidad.

 

§          Análisis de los patrones de comportamiento y formas de organización social impuestas por la economía ilícita.

 

§         Fortalecimiento de los procesos de formación ciudadana sobre deberes y derechos.

 

§         Reconstrucción de una Cosmovisión ecológica y ambiental.

 

§         Recuperación de la confianza frente a los agentes del estado. 

 

 

6.      Aspectos generales de la Política Nacional de Reducción de la demanda de Sustancias Psicoactivas. (Ministerio de Protección Social).

 

 

En julio de 2004, se ha presentando una propuesta previa o borrador inicial de esta Política Nacional, la cual se encuentra en un proceso de discusión y de mejoramiento, en el cual participan Universidades, centros de atención o tratamiento en Farmacodependencia y adicciones, entre otras instituciones.

 

En esta política, se estructura a partir de cuatro grandes principios orientadores, que caracterizan y expresan la forma como el Estado propone abordar el problema, estos principios son:

 

§         Integralidad de la respuesta: condición indispensable para enfrentar el asunto de la droga con eficacia. Implica asumir una mirada amplia y multidimensional, capaz de comprender que los problemas asociados tienen motivaciones culturales, sociales y económicas; de entender que este fenómeno ejerce impactos sobre la salud de las personas y grupos, sobre la dinámica social y económica de la sociedad, sobre las normas que rigen el tejido social, y sobre la seguridad nacional e internacional.

 

§         Corresponsabilidad: en la ONU en el año 1998, se enfatizó en el principio de la corresponsabilidad entre naciones y Estados en el campo de la reducción de la oferta y la demanda de drogas. Implica un compromiso ético y político en orden de cooperar y tratar en conjunto problemas que atraviesan regiones y Estados, más allá de sus límites, en un marco de respeto a la soberanía e integridad territorial. A escala nacional, la corresponsabilidad implica la cooperación y armonización entre la ciudadanía y los distintos actores de la sociedad  civil y el Estado.

 

§         Equilibrio de acciones: destinadas a la reducción de la demanda y las dirigidas al control de la oferta. Se abordará con el mismo énfasis los problemas relacionados con la demanda y oferta de drogas, en un marco de esfuerzo reciproco del efecto de estas acciones. Cuanto mayor sea el esfuerzo efectivo en la reducción de la oferta, menores van a ser los costos allí donde éstos suelen ser más demandantes de recursos humanos y materiales, en cuanto a tratamientos.  A mayores logros en reducir la demanda, menos posibilidades tendrá el narcotráfico de expandir mercados y menores las tasas de delitos cometidos relacionados por consumo de SPA. 

 

§         Participación Social: se pretende promover activamente el compromiso del ciudadano con el fenómeno de la droga, mediante la creación de canales que permitan conocer las sensibilidades frente al tema, recoger y estimular las iniciativas ciudadanas en este ámbito y lograr su adhesión a programas, proyectos y acciones.

 

El objetivo general que se propone para la Política Nacional de reducción de la demanda, en el documento previo, es el siguiente:

 

Desarrollar una acción sistemática, integral, coherente, concertada y de largo plazo, que posibilite la prevención del uso indebido de sustancias psicoactivas y el tratamiento, rehabilitación y reinserción social y laboral de las personas afectadas por la drogadicción, con el propósito de contribuir a elevar sostenidamente la calidad de vida individual, familiar y social, respaldados en un sistema de información de la calidad.

 

La Política propuesta es bastante ambiciosa, tiene 8 objetivos específicos y propone además, 4 grandes líneas de acción, estrategias o ejes que son:

 

§         Promoción de la Salud y Prevención del consumo indebido de Sustancias Psicoactivas.

 

§         Tratamiento y rehabilitación y reinserción social de los consumidores de drogas.

 

§         Investigación y sistema de registro y procesamiento de información.

 

§         Desarrollo del ámbito internacional.

 

En cada uno de estos ejes se encuentran diversos objetivos y acciones, que implicarían una serie de reformas al sistema legal, como la Ley 100 de 1993, en los esfuerzos y recursos del Estado destinados al asunto de las SPA y a nivel internacional, nos acercaría mas a la Unión Europea y su visión de reducción del daño y de regulación del consumo de SPA y nos alejaría del modelo tolerancia cero y “restrictivo” de los Estados Unidos. 

 

Hacia un mediano plazo, le apuntaría a una regulación del asunto de las drogas, más que a la prohibición o la legalización extremas, para ampliar más el asunto es oportuno este planteamiento hecho por el profesor Antonio Escohotado:

 

"Guardemos como indiscutible certeza que el experimento no es despenalizar o legalizar: que el experimento ha sido  prohibir. Quien no sea un analfabeto o un cínico sabe que hubo milenios de pacífica automedicación, en los cinco continentes, apenas turbados por algún periodo conflictivo. Sabe, en fin, que jamás la farmacología deparó una suma de destructividad, embuste y miseria parecida a la de nuestro tiempo".

 

 

7. Aspectos políticos internacionales: Declaraciones de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y algunos comentarios.

 

 

En la actualidad, existen dos grandes declaraciones internacionales, en relación al tráfico y consumo de SPA. Estas son: Declaración Política y la Declaración sobre principios rectores de la reducción de la demanda de drogas ambas fueron emitidas por la Asamblea General de las Naciones Unidas de junio de 1998, a través del Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas, (UNDCP, en su sigla en inglés, United Nations International Drug Control Programme). 

 

Entre los apartados de la Declaración Política, se encuentran aspectos como estos:

 

Reafirmamos nuestra determinación y empeño inquebrantables de dominar el problema mundial de las drogas mediante estrategias nacionales e internacionales que reduzcan tanto la oferta como la demanda ilícita de ellas.

 

Acogemos con satisfacción los esfuerzos del gran número de personas de toda condición que luchan en diversas esferas contra el uso indebido de drogas y nos sentimos alentados por el comportamiento de la inmensa mayoría de la juventud que no consume drogas ilícitas, y decidimos prestar particular atención a la reducción de la demanda, sobre todo apoyando a la juventud y colaborando con ella a través de la enseñanza en la escuela y fuera de la escuela, las actividades de información y otras medidas de prevención.

 

Afirmamos nuestra determinación de proporcionar los recursos necesarios para brindar tratamiento y rehabilitación y facilitar la reinserción social a fin de devolver la dignidad y la esperanza a los niños, jóvenes, mujeres y hombres que han caído en la toxicomanía, y de luchar contra todos los aspectos del problema mundial de drogas.

 

Comentario: Estando el asunto de la Farmacodependencia y de las adicciones por fuera de la Ley 100 de 1993,  que tanto se puede hablar de brindar tratamiento, rehabilitación y reinserción social.

 

Exhortamos a nuestras comunidades, especialmente a las familias, y a sus dirigentes políticos, religiosos, educacionales, culturales, deportivos, empresariales y sindicales, a las organizaciones no gubernamentales y a los medios de comunicación de todo el mundo, a que fomenten activamente una sociedad libre del uso indebido de drogas, en particular poniendo de relieve y facilitando opciones saludables, productivas y gratificantes distintas del consumo de drogas ilícitas, que nunca debe de ser aceptado como forma de vida.

 

Comentario: Que ocurre entonces con una propuesta como el Modelo de Reducción del daño, que es aplicado en países como Canadá y Holanda, ya que en esta propuesta se acepta el consumo de las personas, permitiéndolo bajo una serie de condiciones de control y de seguridad para ellas mismas y su comunidad.

 

En la Declaración sobre principios rectores de la reducción de la demanda de drogas se encuentra entre otros asuntos:

 

Deberá de existir un enfoque equilibrado entre la reducción de la demanda y la reducción de la oferta, de forma que ambas se refuercen mutuamente, con arreglo a un criterio integrado a la solución del problema de la droga.

 

Comentario: Como se pudo apreciar en el apartado del Plan Nacional de Desarrollo, se hace un mayor empeño es en la reducción de la oferta de drogas más que en la demanda de las mismas, por ejemplo: el Plan Colombia y toda la ayuda y asesoría militar para la Policía Antinarcóticos. 

 

Las políticas de reducción de la demanda deberán:

 

§         Estar orientadas hacia la prevención del uso indebido de drogas y la reducción de las consecuencias negativas de su uso indebido.

 

§         Prever y fomentar la participación activa y coordinada de los particulares a nivel de la comunidad, tanto en situaciones generales como en situaciones de riesgo especial, en razón de, por ejemplo, su ubicación geográfica, sus condiciones económicas o la presencia de una población relativamente numerosa de toxicómanos.

 

Los programas de reducción de la demanda han de estar basados en la evaluación continua de la índole y la magnitud de los problemas del consumo y el uso indebido de drogas y los problemas conexos en la población. Esta evaluación es un imperativo para la identificación de las tendencias que van surgiendo.  (...) las estrategias de reducción de la demanda deberán apoyarse en los conocimientos adquiridos mediante la investigación y en las lecciones derivadas de los programas previos. Dichas estrategias deberán tener en cuenta los avances científicos en el campo, de conformidad con las obligaciones dimanantes de los acuerdos vigentes. 

 

Comentario: En este sentido la Política de Reducción de la Demanda, realiza una aproximación o acercamiento interesante a lo propuesto por la ONU, al tener presente, el aspecto preventivo, la participación social y la línea de investigación.  Por lo menos en el ámbito de política ya existe una intención al respecto, posteriormente vendrá el cómo se operacionaliza y se lleva a la ejecución las diversas acciones.

 

Los programas de reducción de la demanda deberán abarcar todos los aspectos de la prevención, desde la tarea de desalentar el consumo inicial hasta la de reducir las consecuencias sanitarias y sociales nocivas del uso indebido de drogas. Deberán incorporar servicios de información, educación, sensibilización pública, pronta intervención, asesoramiento, rehabilitación, prevención de recaídas, postratamiento y reinserción social.

 

Comentario: La política también recoge estos aspectos, pero se tiene que cambiar la visión de la Farmacodependencia, asumirla como enfermedad y que en la Ley también se le de cobertura.

 

Un enfoque de asociación y amplia participación de toda la comunidad es un factor decisivo para una evaluación exacta del problema, la identificación de soluciones viables y la formulación y ejecución de políticas y programas adecuados. (...) La conciencia y responsabilidad de la sociedad y la movilización de la comunidad son un factor de suma importancia para la sostenibilidad de las estrategias de reducción de la demanda.

 

Comentario: se abren las puertas a la participación social y a la investigación tanto cualitativa como cuantitativa,  que no sea solamente un grupo pequeño de personas en Bogotá, defina los destinos de toda una nación. Que estas políticas se conecten con la gente que las vive día tras día. He aquí la importancia como Universidad San Buenaventura de ser participes de este tipo de procesos.

 

Los esfuerzos de reducción de la demanda deben de estar integrados en políticas de bienestar social y de fomento de la salud y en programas de educación preventiva de más amplio alcance.  Es necesario mantener un entorno que haga atractivas y accesibles las opciones sanas. Los esfuerzos por reducir la demanda de drogas deben de formar parte de un enfoque de la política social más amplio  que estimule la colaboración multisectorial. Esos esfuerzos deben de ser  integrales, polifacéticos y coordinados y deben de estar integrados en políticas públicas y sociales que influyan sobre el bienestar sanitario, social y económico de la población.

 

La información que se utilice en los programas educativos y de prevención deberá ser clara, científicamente exacta y fiable, culturalmente válida, oportuna y, de ser posible, previamente ensayada en alguna población destinataria. Deberá hacerse todo lo posible para asegurar la credibilidad, evitar el sensacionalismo, promover la confianza e incrementar la eficacia.

 

Comentario: Que las diversas campañas y acciones tengan más presente aspectos que desde el cotidiano y la academia se vienen hablando, como el informar en forma clara sin terrorismos, pero tampoco sin informar al usuario, familia, comunidad y /o demás, de los riesgos que pueden estar presentes.

 

Los Estados deben dar la importancia adecuada a la capacitación de los elaboradores de políticas y los planificadores y ejecutores de programas en todos los aspectos del diseño, la ejecución y evaluación de estrategias y programas  de reducción de la demanda.

 

Comentario: Se constituye como reto, que en nuestra Política Nacional, se favorezca el acceso y formación permanente de los profesionales del sector salud, educación y demás, que tengan relación con el asunto de la prevención o reducción de la demanda de SPA. Se debe de facilitar el asunto de becas, convenios, intercambios entre otros, a nivel educativo y de capacitación.

 

 

8.      A modo de conclusión.

 

 

Después de haber realizado este recorrido, para construir una Nueva Política Nacional de Drogas se debe de tener en cuenta las siguientes propuestas:

 

 

§         Es importante que se de un gran debate nacional sobre el tema, escuchar los pros y los contras de la situación actual y hacia futuro a que dirección se debe de apuntar: ¿la represión o a la reducción del daño?, y ¿legalización Vs penalización? La llamada Política del narcotráfico ha sido históricamente dictada desde los Estados Unidos, en forma unilateral, y esto ha sido sobre cierto en nuestro país y teniendo en un país cercano como Bolivia una posición y actitud diferente.

 

§         Existe una tercera vía, entre el prohibicionismo extremo y la legalización a ultranza y esta es la regulación.  Para ello, se debe definir como, cuando, donde y a quienes, se les estaría permitido el consumo, la producción y venta de SPA. En este sentido apunta la Política Nacional de Reducción que esta en elaboración. Lo curioso, es que un antecedente fundamental de esta tercera vía, se encuentra en una obra del filósofo John Stuart Mill, (1806 - 1873) “Sobre la Libertad”, publicada originalmente en año de 1859.

 

§         Uno de los puntos débiles, de la Política de Reducción, es el aspecto de recursos financieros para el sostenimiento de la misma, ya que esto le ayudaría en muy buena parte, a garantizar su continuidad en el tiempo. 

 

§         Esta Política debe de poner en igualdad de condiciones o equilibrio,   a las empresas licoreras y tabacaleras con las que trabajan en Promoción de la Salud y Prevención de al enfermedad, (por ejemplo CARISMA, Luis Amigó, CIAF), ya que las primeras gozan de recursos amplios para la difusión de sus productos. Se propone restringir aún más las diversas pautas publicitarias en cuanto a número de emisiones y horarios permitidos y gravarlas con más impuestos.

 

§         Ampliando lo anterior, se debe entrar a considerar a las sustancias legales, como lo que realmente son, sustancias psicoactivas, y que en última instancia son las que generan más alto costo al Sistema de Salud.

 

§         En esta vía se propone aumentar aún más los impuestos sobre los diversos licores. En los países europeos estas tasas de impuestos varían de un país a otro y dependiendo del tipo de licor, a julio de 2000, por ejemplo en el caso de las bebidas destiladas se tiene: Portugal (8.14%), Alemania (13.04%), Holanda (15.04%), Irlanda (27.62%), Dinamarca (36.99%), Finlandia (50.46%) y Noruega (85.36%), siendo en este último donde se presentan las tasas de impuestos más altas en todos los tipos de licores. 

 

§         Cambio de la Ley 100 de 1993, para que esta incluya el asunto de la Farmacodependencia dentro del cubrimiento del sistema de salud, para facilitar que la población pueda acceder a los servicios de consulta y atención, dejando de ser el aspecto económico un impedimento.

 

§         Los bienes incautados aprovecharlos aún mejor, para la reforma agraria y para las instituciones que trabajan en el asunto.

 

§         Como una gran conclusión que mejor que este planteamiento hecho por  el economista, Eduardo Sarmiento Palacio hace unos cinco años y que da luces con relación a una Nueva Política Nacional de Drogas:

 

"Si bien los países productores no tienen más alternativa que operar como ejecutores de la política de represión de la oferta, lo que no pueden dejar de hacer es señalar sus efectos inequitativos y ofrecer alternativas más justas.

 

Este propósito podría lograrse acompañando la política de represión de la oferta de una política de represión de la demanda. Tal es el caso de los usuarios permanentes que representan la cuarta parte de los consumidores y más de la mitad del consumo. Si estos individuos reciben la droga en hospitales y se les suministra sin costo a cambio de someterse a tratamientos para corregir la dolencia, la demanda ilegal podría reducirse a la mitad.

 

Si al mismo tiempo se continúa con la política de restricción del abastecimiento, se lograría simultáneamente bajar los consumos y extinguir los excedentes. De  esta manera, tendríamos un proceso natural de reducción de la demanda y de los estímulos para atenderla".

 

 

Bibliografía:

 

 

§         Borja, Jaime Humberto y otros. Nuestra Colombia. Periódico El Colombiano, Medellín, 2002.

 

§         Botero Bernal, Andrés. Consideraciones filosófico jurídicas sobre la regulación de la dosis mínima  del consumo de sustancias psicoactivas. En: Revista El Agorá USB. Vol.1 N°1, 2001. 

 

§         Cano Bedoya, Víctor Hugo. Apuntes del diplomado Formadores integrales en

      Prevención del Abuso del alcohol y la accidentalidad. Red UNIR y

       FONPREVIAL, Medellín. 2004.

 

§         Castaño Pérez, Guillermo y otros. Política Nacional de Reducción de la demanda de Sustancias Psicoactivas. Documento impreso. Carisma, Fundación Psicoactiva y Min. Social, Medellín, 2004.

 

§         Constitución Política de Colombia.

 

§         Díaz Escandón, Samuel. Legalizar las drogas: Un debate estéril. En: Revista Colombia de Adicciones, No 2, octubre, 2003.

 

§         Escohotado, Antonio. Conjeturas y experiencias. En: Revista Cáñamo, Edición especial,  2000.

 

§         Gutiérrez García, Gabriel. Contexto actual para el abordaje del tema de las

      drogas. Documento impreso. Carisma y DNE, Medellín, 2003.

 

§         Ley 30 de 1986.

 

§         López Restrepo, Andrés. Hacía una Política nacional sobre las drogas. En: Revista Colombia de Adicciones, No 2, octubre, 2003.

 

§         Naciones Unidas. Declaración Política. En: Revista Análisis. Vol.2 N° 1. Medellín, 1999.

 

§         Naciones Unidas. Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la demanda de drogas. En: Revista Análisis. Vol. 2 N° 1. Medellín. 1999.

 

§         Mill, John Stuart. Sobre la Libertad. Ediciones Aguilar, Madrid, 1971.

 

§         Österberg, Esa y otro.  Políticas sobre el alcohol en los países miembros de la Unión Europea y Noruega, 1950  - 2000. En: Revista Adicciones. Vol. 14, N° 2, Valencia, 2002.

 

§         Pérez Gómez, Augusto. Historia de la Drogadicción en Colombia. Tercer Mundo Editores, Bogotá, 1988.

 

§         Presidencia de la República de Colombia. Plan Nacional de Desarrollo,

                                                                         2002 - 2006.  Bogotá, 2002.

 

§         Sarmiento Palacio, Eduardo. Alternativas a la encrucijada Neoliberal. Ediciones ECOE. Bogotá, 1999.

 

§         www.nuevosrumbos.org

 

§         www.dne.gov.co

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo:

 

Reglamentación reseñada en la página Web de la DNE desde el año 1916 hasta el año 1979.

 

Ley 84 de 1916 (Diciembre 22)

Por la cual se declaran libres la producción y comercio del alcohol desnaturalizado y de los vinos de producción nacional

 

Ley 11 de 1920 (Septiembre 15)

Sobre importación y venta de drogas que formen hábito pernicioso

 

Ley 12 de 1923 (Enero 31)

En desarrollo del Acto legislativo número 1° de 1921

 

Ley 34 de 1925 (Marzo 9)

Por la cual se dictan varias disposiciones sobre las rentas de licores, tabaco y degüello

 

Ley 88 de 1925 (Noviembre 19)

Por la cual se modifican las asignaciones civiles y se dictan otras disposiciones

 

Ley 88 de 1928 (Noviembre 15)

Por la cual se adiciona y complementa la 88 de 1923, sobre lucha antialcohólica.

 

Ley 118 de 1928 (Noviembre 22)

Por la cual se adiciona la Ley 11 de 1920, sobre importación y venta de drogas que formen hábito pernicioso, y se dictan otras disposiciones relativas al servicio de higiene

Ley 36 de 1939 (Diciembre 4)

Por la cual se reglamenta el comercio de las drogas que forman hábito pernicioso

 

Ley 45 de 1946 (Diciembre 18)

Por la cual se subrogan algunas disposiciones de los Códigos Penal y Procedimiento Penal y se adicionan otras de la Ley 167 de 1941

 

Ley 84 de 1946 (Diciembre 26)

Por la cual se reglamenta el ejercicio de la Farmacia y se dictan otras disposiciones

 

Ley 23 de 1962 (Septiembre 6)

Por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de químico farmacéutico y se dictan otras disposiciones

 

Ley 47 de 1967 (Diciembre 5)

Por medio de la cual se modifica el artículo 1o de la Ley 23 de 1962, se crea la Carrera Intermedia de Regente de Farmacia, y se dictan otras disposiciones

 

Decreto 1136 de 1970

-

Al que perturbe la tranquilidad pública, como consecuencia de estado de intoxicación crónica...

 

Decreto 522 de 1971 (Marzo 27)

De las contravenciones Especiales que afectan el orden social

 

Ley 17 de 1973 (Noviembre 21)

Por la cual se dictan normas que reprimen conductas relacionadas con drogas o sustancias que producen dependencia física o síquica,...

 

Decreto 2346 de 1978 (Octubre 30)

Por el cual se asignan unas funciones relacionadas con la lucha contra el tráfico de estupefacientes al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

 

Ley 9 de 1979 (Enero 24)

Por la cual se dictan Medidas Sanitarias